SIN INFORMACION

IRENE DAYANA MUÑOZ FLORES/GENGARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

4 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Juan Pablo Gómez Concha, abogado, y María Belén Godoy Hernández, habilitada de derecho, ambos de la Defensoría Penal Pública, interponen acción constitucional de protección en favor de Irene Dayana Muñoz Flores, en contra de Gendarmería de Chile y el Alcaide del Centro Penitenciario Femenino de San Miguel, Mayor Marisol Estay, por la omisión que considera ilegal consistente en negarle a su representada el acceso efectivo a salud especializada, vulnerando así su seguridad individual e integridad física. Señalan que la recurrente fue formalizada por el delito de incendio con peligro para las personas, por hechos ocurridos el 20 de abril de 2025, tras una discusión con su pareja. Agregan que la persona en cuyo favor se recurre padece una condición ginecológica crónica que ha alcanzado niveles críticos de dolor y compromiso físico. Ello consta en documentación médica que da cuenta de un ingreso a urgencias de 23 de julio de 2024 debido a sangrado excesivo y dolores uterinos agudos, de grado siete de diez en la escala EVA, siendo diagnosticada con dismenorrea. Indican que antes de ingresar al recinto penal, la actora se encontraba en medio de estudios clínicos de mayor complejidad, para descarta el diagnóstico de un eventual cáncer de endometrio. Arguyen que presenta signos de alerta que obligan a realizar una intervención ginecológica profunda y una batería de exámenes específicos que a la fecha Gendarmería ha omitido, a saber, una biopsia endometrial, una ecografía transvaginal, una histeroscopia y un legrado uterino. Alegan que su representada ha denunciado consistentemente que su situación ha sido minimizada por Gendarmería, en una actitud que raya en la negligencia. Debido a la ausencia de una evaluación médica seria, sostienen que no se le ha administrado una terapia analgésica acorde a la intensidad del dolor, por lo que ha tenido que tolerar un dolor inhumano, con sangrados profusos que pueden derivar en cuadros anémi

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Irene Dayana Muñoz Flores en contra de Gendarmería de Chile y el Alcaide del Centro Penitenciario Femenino de San Miguel. Sin perjuicio de lo anterior, la unidad respectiva del establecimiento penal deberá gestionar con la Defensoría Penal Pública las gestiones para la realización de las atenciones extrahospitalarias que se pretenden. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°268-2026 Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, cuatro de marzo de dos mil veintiséis. A los folios 9 y 10: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Juan Pablo Gómez Concha, abogado, y María Belén Godoy Hernández, habilitada de derecho, ambos de la Defensoría Penal Pública, interponen acción constitucional de protección en favor de Irene Dayana Muñoz Flores, en contra de Gendarmería de Chile y el Alcaide del Centr

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