SIN INFORMACION

MATTIOLI ARRIAGADA VERNE EDISON CONTRA FUERZA AEREA DE CHILE

Rol

Fecha

4 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Comparece don Verne Edison Mattioli Arriaga, ex funcionario de la Fuerza Aérea de Chile, quien patrocinado por la abogada doña Camila Cárdenas Prieto, deduce acción constitucional de protección en contra de la Fuerza Aérea de Chile (FACH), representada legalmente por don Boris León León, por la dictación de la Resolución Exenta RA N° 140/1293/2025, de 12 de diciembre de 2025, mediante la cual se dispuso la no prórroga de su designación a contrata para el año 2026, acto ilegal y arbitrario que vulneraría las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 numerales 2, 16 y 24 de la Constitución Política de la República. Relata que ingresó a la institución el 2 de mayo de 2017 como personal a contrata, desempeñándose de manera continua e ininterrumpida por más de siete años hasta el 31 de diciembre de 2025. Sostiene que, en virtud de dichas renovaciones sucesivas, le asiste el principio de confianza legítima. En ese contexto, expone que la decisión de no renovar su vínculo se fundó en un incidente aislado ocurrido en el periodo de calificaciones de 2025 —una riña con otro funcionario, hecho que no derivó en un sumario administrativo expulsivo ni en una sanción de destitución. Arguye que la autoridad utilizó este evento para calificarlo negativamente y justificar la no prórroga, no

Fundamentos

considerando su trayectoria completa como funcionario, configurando una "sanción encubierta" y un uso abusivo de la potestad evaluadora al utilizar este mecanismo para justificar la decisión ya adoptada de no prorrogar la contrata. Alega, además, falta de fundamentación del acto administrativo, infringiendo los artículos 11 y 41 de la Ley N° 19.880, y la vulneración de su derecho de propiedad sobre el empleo. En ese sentido, el acto impugnado infringe el principio de legitima confianza que le asiste, el cual solo puede ser defraudado sino mediante un sumario administrativo derivado de una falta grave o una calificación anual negativa debidamente fundada, proporcional y coherente con la trayectoria, lo que no ocurre en autos. Expresa que se vulnera sus garantías fundamentales de igualdad ante la ley, el derecho de propiedad, la libertad del trabajo. Previa citas legales y jurisprudenciales, solicita que se acoja la acción, se deje sin efecto la resolución impugnada, se ordene su incorporación inmediata al mismo escalafón y grado, y se disponga el pago de todas las remuneraciones devengadas durante el tiempo que estuvo separado de sus funciones, con costas. Evacúa informe don Víctor Bahamondes Cáceres, General de Brigada Aérea y Secretario General de la Fuerza Aérea de Chile, solicitando el rechazo del recurso. Al respecto, expone que el recurrente prestó servicios a contrata desde mayo de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2025, fecha tras la cual la Junta de Selección de Empleados Civiles y Personal a Contrata propuso la no renovación de su nombramiento para el año 2026. Explica que, durante el período calificatorio 2024-2025, el recurrente protagonizó un enfrentamiento a golpes en dependencias institucionales, por lo cual fue sancionado con la medida disciplinaria de "Reprensión", la cual quedó firme tras agotarse los recursos internos puesto que el recurrente presentó recursos de reconsideración, reclamación y apelación, los cuales fueron rechazados en cada una de las instancias al no aportar antecedentes que justificaran ni atenuaran el hecho. En ese sentido, debido a este antecedente objetivo y al amparo del Reglamento de Calificaciones, el actor fue clasificado en Lista N° 3 ("Condicional"), registrar la medida disciplinaria de reprensión. Por lo anterior, la Junta de Selección propuso la no renovación de su nombramiento para el año 2026, decisión que fue objeto de recursos por parte del actor, en especial el recurso de apelación, el cual fue desestimado por la Junta de Apelaciones de Empleador Civiles y Personal a Contrata. Al quedar firme dicha decisión, aquella se materializó en la resolución impugnada y que fue notificada al recurrente. Por su parte, sostiene que el acto impugnado cumple con la legalidad, pues emana de las facultades que el D.F.L. (G) N° 1 de 1997 otorga a las Juntas de Selección para proponer el término de contratas como resultado del proceso de calificación. Niega la arbitrariedad, afirmando que la resolución expl

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA el recurso deducido por don Verne Edison Mattioli Arriaga en contra de la Fuerza Aérea de Chile. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N° 119-2026 Protección.

Texto Completo (Preview)

Iquique, cuatro de marzo de dos mil veintiséis. VISTO: Comparece don Verne Edison Mattioli Arriaga, ex funcionario de la Fuerza Aérea de Chile, quien patrocinado por la abogada doña Camila Cárdenas Prieto, deduce acción constitucional de protección en contra de la Fuerza Aérea de Chile (FACH), representada legalmente por don Boris León León, por la dictación de la Resolución Exenta RA N° 140/1293

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