CARABINEROS C/ MANUEL ANTONIO HERNANDEZ VASQUEZ
Rol
Fecha
4 de marzo de 2026
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando que en este estadio procesal la necesidad de cautela se satisface con una medida de menor entidad que la decretada por el juez a quo, SE REVOCA la resolución de fecha veintiséis de febrero de dos mil veintiséis, del Juzgado de Garantía de Nueva Imperial, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado MANUEL ANTONIO HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, y en su lugar, se le impone la del artículo 155 del Código Procesal Penal de arresto domiciliario parcial desde las 20.00 horas a las 8.00 horas del día siguiente, en el domicilio que deberá registrar ante el juez a quo, manteniéndose también, aquellas cautelares que fueran decretadas por el Juzgado de Garantía de Renca en su oportunidad. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-273-2026 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco. Temuco, cuatro de marzo de dos mil veintiséis. A lo principal y otrosí de las presentaciones de folios 3 y 4: téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando que en este estadio procesal la necesidad de cautela se satisface con una medida de menor entidad que la decretada por el juez a quo, SE REVOCA la r
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