MP C/ANDRÉS FELIPE KOSSON SOTO.
Rol
Fecha
4 de marzo de 2026
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. A su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con las medidas cautelares del artículo 155 del mismo cuerpo legal, decretadas por el juez a quo, sin perjuicio de ser necesario intensificarlas como se dirá en lo resolutivo. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución apelada de dos de marzo del año en curso, dictada en los autos RIT 1845-2026, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, con declaración que, además de las medidas cautelares dispuestas por el tribunal en contra de Andrés Felipe Kosson Soto, se agrega la de firma quincenal, dispuesta en la letra c) del artículo 155 del Código Procesal Penal. El juez a quo dispondrá lo pertinente para hacer cumplir lo precedentemente resuelto. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Rol N°666-2026 Penal.
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San Miguel, cuatro de marzo de dos mil veintiséis. Sala: Segunda Sala Rol: 666-2026 Penal Ruc: 2600310249-0 RIT: 1845-2026 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Relator: Emil Ibarra Sáez Digitador: Francisco Serrano Valdebenito Fiscal: Pamela Andrea Ballesteros Ramírez Defensa: Juan Pablo Gómez Concha Registro de audio: 2600310249-0-91 Imputado: Andrés Felipe Kosson Soto Delito: Robo con
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