SIN INFORMACION

GARCIA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE (LTE)

Rol

Fecha

3 de marzo de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, con fecha 5 de febrero de 2026, comparece el abogado Rodrigo Andrés Godoy Araya, en representación de Marquinson Alberto García Márquez, quien interpone reclamación judicial en contra de la Resolución Exenta N°24552753, dictada el 4 de diciembre de 2024 y notificada el 26 de enero de 2026, mediante la cual el Servicio Nacional de Migraciones dispuso su expulsión del territorio nacional por haber ingresado al país por un paso no habilitado, eludiendo el control migratorio. Expone que el reclamante es ciudadano venezolano, de 48 años, que ingresó a Chile en abril de 2022 por un paso no habilitado cercano a Colchane con el objeto de reunirse con su hermana y su hija adolescente, quienes residen en el país. Señala, además, que su hija ingresó a Chile el año 2021 junto a su madre, también por un paso no habilitado, encontrándose en situación migratoria irregular. Añade que el recurrente mantiene vínculo laboral vigente en el rubro de la construcción desde noviembre de 2023, cuenta con previsión social al día y no registra antecedentes penales en Chile ni en su país de origen. Sostiene que la resolución impugnada es arbitraria por no considerar su arraigo familiar y laboral ni ponderar debidamente los criterios previstos en el artículo 129 de la Ley N°21.325. Para tales efectos, acompaña, certificado de cotizaciones y declaración jurada en la que manifiesta contribuir a los gastos de su hija con la suma mensual de $300.000, suscrita también por la madre de la menor de edad. Funda su reclamación en lo dispuesto en los artículos 129 y 141 de la Ley N°21.325 y 164 de su Reglamento, solicitando que se deje sin efecto la resolución que ordenó su expulsión. Segundo: Que, evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del reclamo. Señala que el reclamante registró un ingreso clandestino al país, eludiendo el control policial, hecho que fue denunciado por la Policía de Investigaciones. Indica que se inició un procedimiento sancionatorio, debidamente notificado el 14 de noviembre de 2024, otorgándole al recurrente un plazo para formular descargos y acompañar antecedentes, trámite que no realizó. Sostienen, en consecuencia, que el acto administrativo se encuentra ajustado a derecho y que los vínculos de arraigo alegados no fueron acreditados ante el Servicio en la instancia administrativa correspondiente, debiendo primar el deber del Estado de resguardar el orden migratorio y el control de fronteras. Tercero: Que la reclamación prevista en el artículo 141 de la Ley N°21.325 tiene por objeto que esta Corte revise la legalidad y razonabilidad del acto administrativo que decreta la expulsión, debiendo verificarse si este fue dictado por autoridad competente, con observancia del procedimiento legal y con la debida fundamentación. Cuarto: Que, en cuanto a los hechos, no existe controversia respecto de la causal que motiva la medida impugnada, toda vez que el propio reclamante reconoce haber ingresado al

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 32 N°3, 127 N°1, 129, 132 y 141 de la Ley N°21.325, y el artículo 19 N°3 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, la reclamación deducida a por Rodrigo Andrés Godoy Araya, en favor de Marquinson Alberto García Marquez, manteniéndose firme la Resolución Exenta N°24.552.753, de 04 de diciembre de 2024, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones. Se previene que el Ministro señor Mera no comparte el análisis expuesto en el fundamento séptimo del fallo que antecede, por ser innecesario. Regístrese, notifíquese y archívese. N°Contencioso Administrativo-277-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de marzo de dos mil veintiséis. A los folios 8 y 9: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que, con fecha 5 de febrero de 2026, comparece el abogado Rodrigo Andrés Godoy Araya, en representación de Marquinson Alberto García Márquez, quien interpone reclamación judicial en contra de la Resolución Exenta N°24552753, dictada el 4 de diciembre de 20

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