A.F.P. HABITAT S.A. CON LOUISIANA PACIFIC CHILE S A
Rol
D-1133-2018
Fecha
31 de enero de 2024
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Con fecha 18 de agosto de 2018, AFP HABITAT, representada por el abogado don Manuel Figueroa Saavedra, interpone demanda ejecutiva previsional en contra de LOUISIANA PACIFIC CHILE S A, domiciliada en Avenida Santa Clara 85 piso 8, Huechuraba, para el cobro de cotizaciones previsionales adeudadas por Resolución N°2124585, de fecha 24 de abril de 2017, a los trabajadores Consuelo Luz Vergara Méndez, correspondientes a los períodos de septiembre, octubre, noviembre y diciembre 2014; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio de 2015; febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2016; Matías Andrés Rodríguez Lara, correspondiente a los periodos junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2015; Yarol Sandor Urra Pérez, correspondiente a los periodos octubre y noviembre de 2016. SEGUNDO: Con fecha 07 de junio de 2023, la parte ejecutada opone excepciones de prescripción y de inexistencia de la prestación de los servicios respecto de los tres trabajadores citados en la resolución que sirve de título ejecutivo a la cobranza de estos autos. TERCERO: La parte ejecutante no evacuo el traslado conferido. CUARTO: Se reciben las excepciones a prueba y se fija como hecho a probar: “Época en que se produjo el término de los servicios de los trabajadores doña Consuelo Luz Cristina Vergara Méndez, Rut N°12.585.870-8, doña Yarol Sandor Urra Pérez, Rut N°17.653.297-1 y don Matías Andrés Rodríguez Lara, Rut N°15.850.096-5.” QUINTO: Con el objeto de acreditar sus pretensiones el ejecutado rindió prueba documental consistente en 4 finiquitos firmados por el empleador, ejecutado de esta causa, y los trabajadores que indica, a saber Consuelo Luz Cristina Vergara Méndez, doña Yarol Sandor Urra Pérez, y don Matías Andrés Rodríguez Lara. Tales finiquitos cumplen con los requisitos legales, principalmente porque fueron otorgados por escrito ante los correspondientes ministros de fe, sin haber sido objetados por la parte contraria, c
Fundamentos
considerandos anteriores es posible concluir que se están cobrando periodos de cotizaciones posteriores al término de la relación laboral, conforme se puede determinar del cotejo de los finiquitos con el título ejecutivo de estos autos, en virtud de lo cual debe acogerse la excepción de inexistencia de la prestación de los servicios personales, porque los periodos cobrados corresponden a meses en que los demandantes ya no prestaron servicios para el empleador indicado en el título ejecutivo. Código: XTXQXLLRXRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Así mismo, para el caso de que existiere alguna cotización pendiente de pago, al haberse terminado la relación laboral en las fechas indicadas en los finiquitos acompañados y notificado la demanda al ejecutado con fecha 7 de junio del año 2023, es posible concluir que en todos los casos, ha operado la prescripción de 5 años contados respectivamente desde el término de los servicios conforme a lo previsto en el artículo 31 bis de la Ley 17.322. Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5 y 31 bis de la Ley 17.322 y Ley 16.744,
Fallo
se declara: I.- Que se acogen las excepciones de inexistencia de la prestación de los servicios y de prescripción opuestas en estos autos, y en consecuencia, se rechaza la demanda en todas sus partes. II.- Que no se condena en costas al ejecutante por haber tenido motivo plausible para litigar. Regístrese y notifíquese. RIT: D-1133-2018 RUC: 18-3-0267391-4 Proveyó doña INGE MÜLLER MENDEZ, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Valdivia a 31 de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: XTXQXLLRXRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-01-31T14:41:30-0300
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Valdivia treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Con fecha 18 de agosto de 2018, AFP HABITAT, representada por el abogado don Manuel Figueroa Saavedra, interpone demanda ejecutiva previsional en contra de LOUISIANA PACIFIC CHILE S A, domiciliada en Avenida Santa Clara 85 piso 8, Huechuraba, para el cobro de cotizaciones previsionales adeudadas por Reso
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