ANONIMIZADO
Rol
Fecha
3 de marzo de 2026
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada; Y se tiene, además, presente: Que, la existencia de tres condenas anteriores, por delitos de la misma naturaleza, y la ocurrencia de otros posteriores, de los que las partes han dado cuenta en estrados, impiden presumir que la prestación de servicios en beneficio de la comunidad disuadirá al imputado de cometer nuevos ilícitos, por lo que en la especie no concurre en este caso el requisito exigido en el artículo 11, letra b), de la Ley N°18.216, por lo que SE REVOCA, en lo apelado, la sentencia de doce de agosto de dos mil veinticuatro, pronunciada por el Juzgado de Letras de Río Negro y, en su lugar, se resuelve que no...
Fallo
se resuelve que no...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia. Valdivia, tres de marzo de dos mil veintiséis. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada; Y se tiene, además, presente: Que, la existencia de tres condenas anteriores, por delitos de la misma naturaleza, y la ocurrencia de otros posteriores, de los que las partes han dado cuenta en estrados, impiden presumir que la prestación de servicios en beneficio de la comunidad disuadirá a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica