JUZGADO DE GARANTIA DE COQUIMBO

MP C/ RUBÉN ALEXIS BUGUEÑO CORTÉS

Rol

Fecha

3 de marzo de 2026

Materia

HOMICIDIO CALIFICADO. ART. 391 Nº 1.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que, como primer punto es preciso indicar que la decisión que en esta sede se revisa se relaciona con lo dispuesto en el artículo 145 del Código Procesal Penal, esto es, la variación de circunstancias que motivaron al juez de la instancia que decretó, en su oportunidad, la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado.  Para estos efectos se señala por la defensa la existencia de la declaración del imputado, el informe psicológico realizado por Andrés Herrera Escalera y el informe social realizado por Patricia Latorre Tarifeño, cuestionándose, por consecuencia, los supuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 2° Que, tocante a lo dispuesto en el artículo 140 letra a) antes citado, lo único controvertido por la defensa del imputado es la concurrencia de las circunstancias que permitirían calificar el delito de homicidio como calificado, particularmente, aquellas de alevosía y premeditación conocida. Sobre este punto, es preciso señalar que respecto de la alevosía, por ahora y con los antecedentes hasta este momento recopilados, aparece dudosa su concurrencia, sin perjuicio de lo que se resuelva con mayores y mejores datos probatorios, en tanto el sustento para establecerla tendría que derivarse de la concurrencia del mayor número de sujetos y del empleo de elementos que podrían utilizarse para la consecución del objeto último del delito de homicidio y, bajo esta premisa, no es posible a esta Corte compartir los argumentos señalados por la jueza a quo en su resolución, en tanto los mismos tienen que ver más bien con la comisión del injusto que con asegurar la indefensión de la víctima.  3° Que, no obstante, lo anterior, aparecen en datos relevantes para que, en este estadio procesal, permita sostenerse la calificante de premeditación, particularmente por la existencia de las dos etapas de desarrollo del ilícito descrita por el Ministerio Público, en las que se verifica la concurrencia de los s

Fallo

Por tanto, se requiere un concierto previo en la tenencia de estos objetos, la reunión de los cuatro sujetos que participaron en el injusto, la utilización de un vehículo para el traslado de estos. A su turno, en cuanto a la convergencia del dolo, lo cierto es que mantener una escopeta con conocimiento de los restantes imputados y así mismo la realización de disparos a una vivienda en donde estos conocían que el imputado ya se encontraba aparece como suficiente para descartarlo, por ahora. 4° Que, ahora bien, para los efectos del delito de porte y tenencia ilegal de arma de fuego, hasta ahora y con los antecedentes recopilados en este estadio procesal, no obstante los cuestionamientos de la defensa en el sentido de que éste se trataría de un delito de propia mano, lo cierto es que existen antecedentes suficientes de su existencia indicios de su participación, en tanto en el primer momento en que la víctima no fue ubicado, era el imputado quien tenía en su poder el arma que finalmente es utilizada para la perpetración del homicidio. 5° Que, finalmente, respecto de la participación de los imputados o del imputado en ambos delitos, conforme ya se ha analizado, existen hasta ahora y sin perjuicio de otros antecedentes que pudieran recopilarse, antecedentes suficientes para sostener la autoría en los términos del artículo 15 N°3 del Código Penal.  Asimismo, respecto del delito de porte ilegal de arma de fuego, como ya se ha señalado, se verifican presunciones fundadas respecto de

Texto Completo (Preview)

La Serena, tres de marzo de dos mil veintiséis. Siendo las 09:35 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la Ministra titular señora Marcela Sandoval Durán e integrada por la Ministra suplente señora Jimena Pérez Pinto y la Abogada integrante señora Carolina Salas Salazar, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa, e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica