WOHLLK/ILMA. CORTE DE APELACIONES DE ARICA
Rol
Fecha
3 de marzo de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en los presentes autos se deduce recurso de amparo en contra de la resolución dictada por la Sala de Verano de esta Corte de Apelaciones, la que fue presidida en dicha oportunidad por la ministra señora Juana Ríos Meza, e integrada por la ministra señora Nora Bahamondes Acevedo y el Fiscal Judicial señor Juan Manuel Escobar Salas, quienes conociendo del recurso de apelación en causa Rol N° 112-2026 Penal, confirmando la prisión preventiva decretada en contra del recurrente el 17 de diciembre de 2025. SEGUNDO: Que, el artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, reza: “El conocimiento de todos los asuntos entregados a la competencia de las Cortes de Apelaciones pertenecerá a las salas en que estén divididas, a menos que la ley disponga expresamente que deban conocer de ellos en pleno. Cada sala representa a la Corte en los asuntos de que conoce.”. TERCERO: Que, atento a lo ordenado en la norma trascrita precedentemente, esta Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Arica, está impedida de revisar la decisión adoptada por otra Sala del mismo tribunal de alzada, a través de una acción de amparo, toda vez que, de conformidad a lo que señala el inciso segundo del artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, cada sala representa a la Corte en los asuntos de que conoce. Por estas consideraciones y normas citadas, se declara Inadmisible el recurso deducido por los letrados GONZALO CRUZ BARRIGA y CATALINA PAZ MATELUNA KLEINSTEUBER en representación de BJORN DIETER WOHLLK ARAYA en contra de la Sala de Verano de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Arica integrada por las ministras señoras Juana Ríos Meza y Nora Bahamondes Acevedo y el Fiscal Judicial señor Juan Manuel Escobar Salas. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N° Amparo-93-2026
Fallo
Por estas consideraciones y normas citadas, se declara Inadmisible el recurso deducido por los letrados GONZALO CRUZ BARRIGA y CATALINA PAZ MATELUNA KLEINSTEUBER en representación de BJORN DIETER WOHLLK ARAYA en contra de la Sala de Verano de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Arica integrada por las ministras señoras Juana Ríos Meza y Nora Bahamondes Acevedo y el Fiscal Judicial señor Juan Manuel Escobar Salas. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N° Amparo-93-2026
Texto Completo (Preview)
Arica, tres de marzo de dos mil veintiséis Pronunciándose sobre la admisibilidad de la presente acción constitucional: VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en los presentes autos se deduce recurso de amparo en contra de la resolución dictada por la Sala de Verano de esta Corte de Apelaciones, la que fue presidida en dicha oportunidad por la ministra señora Juana Ríos Meza, e integrada por la m
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