STOHMANN APABLAZA HANS JOACHIM CONTRA TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE TEMUCO
Rol
Fecha
26 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: A la presentación de folio 1: a lo principal: Que comparece don Francisco Eduardo Muñoz Márquez, abogado, quien interpone acción constitucional de amparo en favor del condenado Hans Joachim Stohmann Apablaza, en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, por haber declarado firme y ejecutoriada, con fecha 16 de febrero de 2026, la sentencia definitiva dictada el 30 de enero de 2026 en la causa Rol 150-2025, solicitando se deje sin efecto dicha declaración y se ordene la notificación íntegra del fallo a fin de habilitar el plazo para deducir recurso de nulidad. Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el recurso de amparo, contemplado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto cautelar la libertad personal y la seguridad individual frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarias que importen privación, perturbación o amenaza a dicha garantía fundamental. 2° Que, del mérito del libelo, se advierte que lo reclamado dice relación con la supuesta omisión en la remisión del texto íntegro de la sentencia al defensor del condenado y con la posterior declaración de firmeza del fallo, alegándose vulneración al debido proceso y al derecho a defensa. 3° Que los hechos expuestos no constituyen, en los términos del artículo 21 de la Carta Fundamental, un acto ilegal o arbitrario que prive, perturbe o amenace la libertad personal del amparado, desde que la privación de libertad que lo afecta deriva de una sentencia condenatoria dictada por tribunal competente, dentro de un procedimiento legalmente tramitado. 4° Que lo alegado por el recurrente constituye, en rigor, un eventual vicio o defecto de carácter procesal susceptible de ser impugnado por las vías ordinarias que franquea la ley, particularmente a través de los recursos contemplados en el Código Procesal Penal, no siendo el amparo la vía idónea para revisar o corregir tales materias. 5° Que, además, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal, las reso
Fallo
fallo a fin de habilitar el plazo para deducir recurso de nulidad. Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que el recurso de amparo, contemplado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto cautelar la libertad personal y la seguridad individual frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarias que importen privación, perturbación o amenaza a dicha garantía fundamental. 2° Que, del mérito del libelo, se advierte que lo reclamado dice relación con la supuesta omisión en la remisión del texto íntegro de la sentencia al defensor del condenado y con la posterior declaración de firmeza del fallo, alegándose vulneración al debido proceso y al derecho a defensa. 3° Que los hechos expuestos no constituyen, en los términos del artículo 21 de la Carta Fundamental, un acto ilegal o arbitrario que prive, perturbe o amenace la libertad personal del amparado, desde que la privación de libertad que lo afecta deriva de una sentencia condenatoria dictada por tribunal competente, dentro de un procedimiento legalmente tramitado. 4° Que lo alegado por el recurrente constituye, en rigor, un eventual vicio o defecto de carácter procesal susceptible de ser impugnado por las vías ordinarias que franquea la ley, particularmente a través de los recursos contemplados en el Código Procesal Penal, no siendo el amparo la vía idónea para revisar o corregir tales materias. 5° Que, además, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal, las resoluciones pronunciadas d
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco. Temuco, veintiséis de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: A la presentación de folio 1: a lo principal: Que comparece don Francisco Eduardo Muñoz Márquez, abogado, quien interpone acción constitucional de amparo en favor del condenado Hans Joachim Stohmann Apablaza, en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, por haber declarado firme y ejecutoriada, con fecha 1
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica