ALLENDES/CONGREGACIÓN RELIGIOSAS HERMANAS FRANCISCANAS COOPERADORAS PARROQUIALES
Rol
Fecha
26 de febrero de 2026
Materia
OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: Del fallo anulado se reproducen su parte expositiva, considerativa y citas legales, con excepción del
Fundamentos
considerando octavo que se elimina. Además, se modifica la numeración eliminándose el vocablo “SEPTIMO” que se encuentra repetido, el que pasa a ser “octavo”. Considerando: 1º) Que la empresa demandada descontó del monto pagado por concepto de indemnización por años de servicio la suma de $3.195.813.- a cuenta del aporte realizado por ella a la cuenta individual de cesantía del demandante. 2º) Que con el mérito de lo argumentado en los motivos décimo tercero a décimo sexto de la sentencia de invalidación que precede, a los que cabe remitirse para evitar repeticiones innecesarias, resulta improcedente el descuento a la indemnización por años de servicio efectuado, motivo por el cual deberá darse lugar a la petición del demandante de obtener el reembolso del monto descontado en su finiquito por concepto de aporte del empleador al seguro de cesantía.
Fallo
fallo anulado se reproducen su parte expositiva, considerativa y citas legales, con excepción del considerando octavo que se elimina. Además, se modifica la numeración eliminándose el vocablo “SEPTIMO” que se encuentra repetido, el que pasa a ser “octavo”. Considerando: 1º) Que la empresa demandada descontó del monto pagado por concepto de indemnización por años de servicio la suma de $3.195.813.- a cuenta del aporte realizado por ella a la cuenta individual de cesantía del demandante. 2º) Que con el mérito de lo argumentado en los motivos décimo tercero a décimo sexto de la sentencia de invalidación que precede, a los que cabe remitirse para evitar repeticiones innecesarias, resulta improcedente el descuento a la indemnización por años de servicio efectuado, motivo por el cual deberá darse lugar a la petición del demandante de obtener el reembolso del monto descontado en su finiquito por concepto de aporte del empleador al seguro de cesantía. Por estas razones, manteniéndose las decisiones no afectadas con la invalidación, se acoge también la demanda respecto de la petición referente a la devolución del aporte del empleador a la cuenta individual de cesantía del demandante, y en virtud de esto, se condena a la demandada restituir la suma de $3.195.813.-, más los reajustes e intereses del artículo 173 del Código del Trabajo, correspondiente al aporte realizado como empleador a la cuenta individual de cesantía de la parte actora. Acordada la decisión de acoger la demanda e
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de febrero de dos mil veintiséis. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 478 del Código del Trabajo, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Del fallo anulado se reproducen su parte expositiva, considerativa y citas legales, con excepción del considerando octavo que se elimina. Además, se modifica la numeración eliminándose el vocablo “SEPTIMO” que se en
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