SIN INFORMACION

SOCIEDAD DE INSTRUCCIÓN PRIMARIA DE SANTIAGO (COLEGIO ARUTO MATTE LARRAIN) / SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE EDUCACIÓN DE LA REGION METROPOLITANA

Rol

Fecha

26 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Cecilia Gazmuri Schleyer, en su calidad de representante legal de la Sociedad de Instrucción Primaria, sostenedora del establecimiento educacional Arturo Matte Larraín, ubicado en Aníbal Zañartu N°9657, comuna de San Ramón, interpuso acción constitucional de protección en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, por estimar ilegal la dictación de la Resolución N°2166, de 25 de agosto de 2025, mediante la cual —según expone— se aumentó la sanción impuesta por la Superintendencia de Educación en el respectivo procedimiento sancionatorio, desde 30 UTM ($2.059.410) a un 5% de la subvención mensual ($9.681.501), vulnerando con ello las garantías consagradas en los numerales 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que, mediante Resolución Exenta N°1326, de 16 de mayo de 2025, la Superintendencia de Educación puso término al procedimiento administrativo sancionador, acogiendo parcialmente el recurso de reclamación deducido en sede administrativa, rebajando la sanción originalmente impuesta y fijándola en 30 UTM, estableciendo, además, que esta “no podrá ser inferior al 5% ni exceder el 50% de la subvención mensual por alumno matriculado”. Sostiene que, con posterioridad, la Secretaría Regional Ministerial dictó la Resolución Exenta N°2166, modificando la sanción determinada por la Superintendencia, al señalar que correspondía aplicar una multa equivalente al 5% de la subvención mensual, esto es, $9.681.501. Indica que tal decisión importó, en los hechos, alterar la cuantía de la multa sin fundamento legal, procediéndose al descuento de dicha suma de la subvención correspondiente al mes de agosto de 2025, equivalente a 141 UTM. Hace presente que la Resolución de la Superintendencia dispuso expresamente que la sanción debía ejecutarse por la Secretaría Regional Ministerial respectiva mediante descuento en la subvención general, “una vez que la presente

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección interpuesto por Cecilia Gazmuri Schleyer, en representación de la Sociedad de Instrucción Primaria, en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, sin costas. Regístrese, comuníquese y, oportunamente, archívese. Rol N° 3661-2025- Protección. Pronunciada por la en acuerdo en la Tercera Sala, integrada por los ministros señora Celia Catalán Romero, señor Juan Carlos Silva Opazo ( s ) y la abogado integrante señora Paula Manzo Sagüez.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiséis de febrero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Cecilia Gazmuri Schleyer, en su calidad de representante legal de la Sociedad de Instrucción Primaria, sostenedora del establecimiento educacional Arturo Matte Larraín, ubicado en Aníbal Zañartu N°9657, comuna de San Ramón, interpuso acción constitucional de protección en contra de la Secretaría Regi

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