SIN INFORMACION

EN FAVOR DE ANONCE LOHIER CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

26 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Comparece Stephanie Díaz Lira, abogada, en favor de don Anonce Lohier, haitiano, cédula de identidad extranjero N°26.570.851-K, con domicilio en Guanguali Sur N°325, comuna de Rengo, quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por las reiteradas negativas de acoger a trámite residencia definitiva en las resoluciones y actos administrativos que detalla, actos administrativos arbitrarios por cuanto carecen de la debida fundamentación, proporcionalidad y razonabilidad, lo que en concepto del actor vulnera el derecho fundamental de la libertad ambulatoria del recurrente del artículo 19 N°7 letra a) de la Carta Fundamental. Indica que el amparado ingresó a Chile por un paso habilitado en el año 2017, obteniendo visa temporaria hasta el 6 de noviembre de 2019 emitiéndose la respectiva cédula de identidad para extranjeros. Indica que, durante la vigencia de su visa temporaria, salió transitoriamente del territorio nacional, reingresando el 8 de diciembre de 2018, por paso habilitado, sin que se le estampara el timbre de ingreso en su pasaporte, omisión administrativa no imputable al extranjero, siendo el motivo por el que no se acoge a trámite la solicitud de Residencia Temporal del amparado. Explica que, como consta del pasaporte que se acompaña, el amparado realizó su salida y posterior reingreso al país por vía terrestre, por lo que la ausencia de timbre no puede interpretarse como inexistencia de ingreso, resultando jurídicamente inadmisible lo resuelto por el Servicio recurrido. Seguidamente, relata que con posterioridad al vencimiento formal de su visa temporaria, y en el contexto de las medidas excepcionales adoptadas con ocasión de la pandemia por COVID-19, los plazos y efectos de los permisos de residencia fueron prorrogados, manteniéndose el actor en el país a la vista y tolerancia de la Administración, desarrollando de manera continua actividades laborales lícitas y manteniendo arraigo efectivo en Chile, concurrien

Fundamentos

fundamentos diversos y cambiantes tales como supuesta medida de abandono, inexistencia de registro de ingreso o incumplimiento de requisitos formales sin resolver jamás el fondo de la situación migratoria del amparado, manteniéndolo en una condición de indefinición administrativa prolongada. Alega que el actuar que describe constituye un patrón de conducta administrativa incoherente y carente de razonabilidad, que ha generado en el actor una legítima confianza en la regularidad de su permanencia, configurándose así una amenaza actual y permanente a su libertad personal y seguridad individual. Luego de dar cuenta de los fundamentos de derecho y citar jurisprudencia aplicable, finaliza solicitando se deje sin efecto: Resolución Exenta N°23427518, acto administrativo Código de trámite: 68292837 solicitud de residencia no acogida a trámite, acto administrativo Código de trámite: 46664611 que no acoge a trámite solicitud de residencia por no constar información de ingreso al país y Notificación de procedimiento sancionatorio N°74315294 que impone una multa de $274.588, y que en consecuencia se ordene al Servicio de Migración y Extranjería conforme a derecho resolver su solicitud de residencia definitiva, dando lugar a su tramitación dentro de 5 días hábiles, teniendo presente los antecedentes presentados en esta causa. A folio 3, comparece el Servicio recurrido solicitando el rechazo del recurso. Luego de dar cuenta del historial migratorio del amparado, indica que el 1 de junio de 2021, la PDI informó la salida del extranjero del territorio nacional, efectuada el 6 de diciembre de 2018. Seguidamente se refiere en detalle a los actos administrativos impugnados. En cuanto a la Solicitud de Residencia Definitiva ID N°66311721, indica que el 5 de julio de 2023, el extranjero solicitó el beneficio de residencia definitiva la que el 10 de octubre de 2023, mediante Comunicación Electrónica N°47540244, no fue acogida a trámite; Solicitud de Residencia Definitiva ID N°68292837, indica que el 1 de noviembre de 2023, el recurrente ingresa solicitud de residencia definitiva y el 22 de enero de 2024, se comunica la no acogida a trámite por registrar rechazo de VISA con medida de abandono vigente de acuerdo al Art. 50 inciso final del Reglamento de la ley 21.325; Solicitud de inicio de procedimiento de multa ID 67289685. Indica que el 1 de noviembre de 2023, el recurrente de autos ingresa solicitud de autodenuncia de infracción, correspondiente a artículo 106 de ley 21.325, la que concluye con dictación de Resolución Exenta N°23427518, de 1 de noviembre de 2023; Solicitud de Residencia Definitiva ID N°70053826. Indica que el 15 de abril de 2024, el extranjero solicitó nuevamente residencia definitiva y el 7 de enero de 2025, mediante Comunicación Electrónica N°70767895, su solicitud no fue acogida a trámite, por cuanto, según información de la Policía de Investigaciones de Chile, se encuentra fuera del país desde el 6 de diciembre de 2018; Solicitud de Residenc

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema que regula la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Anonce Lohier, haitiano, cédula de identidad extranjero N°26.570.851-K en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol I. Corte 131-2026 Amparo.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veintiséis de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Comparece Stephanie Díaz Lira, abogada, en favor de don Anonce Lohier, haitiano, cédula de identidad extranjero N°26.570.851-K, con domicilio en Guanguali Sur N°325, comuna de Rengo, quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por las reiteradas negativas de acoger a trámite resid

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