SIN INFORMACION

WANDEL JOSEPH /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

26 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados e interponen en favor de Wandel Joseph, de nacionalidad haitiana, acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que por Resolución Exenta N°2600100032864, de 19 de enero de 2026, rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país en un plazo de 15 días, acto que estima arbitrario e ilegal y vulneratorio de su derecho a la libertad personal asegurada en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Indica que, ingresó al país en calidad de turista y luego dentro del país cambio su condición migratoria a residente por visa otorgada. Refiere que posteriormente, en virtud del vencimiento de esta, el 13 de enero de 2024 solicita el beneficio de residencia definitiva, adjuntando la documentación requerida por la autoridad migratoria. Señala que el 19 de enero de 2026 es notificado de la resolución impugnada, la que se fundamenta en que “en virtud de los antecedentes analizados por esta autoridad, la persona extranjera no cumple con los plazos para optar al permiso solicitado y no cumple con los requisitos para otorgar la residencia definitiva, al no adjuntar documentación que acredite actividad que realiza en el país y/o sustento económico, además no remite el original del certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado y/o apostillado, siendo pertinente rechazar su solicitud en conformidad al artículo 88 N°1 y N°4 con relación a lo establecido en el numeral 1 del inciso segundo del artículo 79, de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería” Señala que la resolución impugnada del Servicio Nacional de Migraciones omitió considerar circunstancias objetivas y públicas que afectan a los nacionales haitianos, especialmente la imposibilidad material d

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, Ley N° 21.325 y Ley N° 19.880, se rechaza, el recurso de amparo interpuesto en favor de Wandel Joseph y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. N° 254-2026 Amparo. PAGE 5

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiséis de febrero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados e interponen en favor de Wandel Joseph, de nacionalidad haitiana, acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en contra del S

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