7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ NN

Rol

Fecha

26 de febrero de 2026

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

INADMISIBLE/CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: I.- En cuanto a la admisibilidad del recurso de apelación: Por los argumentos señalados en esta audiencia y que constan en el registro de audio respectivo, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva en contra del imputado Ivo Esteban Baez Reyes por peligro de fuga, fijando caución. Acordado con el voto en contra de la abogada integrante señora Krause, quien estima que la presente apelación se encuentra dentro de los supuestos de la norma del artículo 149 del Código Procesal Penal y, en consecuencia, declararlo admisible. II.- En cuanto al fondo de los demás recursos: Por los argumentos señalados en esta audiencia y que constan en el registro de audio respectivo, se confirma la resolución apelada de veinticuatro de febrero del presente año, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que rechazó decretar la prisión preventiva en contra de los imputados Cristian Alejandro Carrasco Gómez, Verónica Alejandra Carrasco Figueroa y Evelyn Michelle Carrasco Figueroa. En cuanto a la imputada Evelyn Michelle Carrasco Figueroa, acordada la decisión con el voto en contra del Ministro (s) señor de la Noi, quien estuvo por decretar, a su respecto, la prisión preventiva, por los

Fundamentos

fundamentos que constan en el sistema de audio respectivo. Dese orden inmediata de libertad a Cristian Alejandro Carrasco Gómez, Verónica Alejandra Carrasco Figueroa, Evelyn Michelle Carrasco Figueroa e Ivo Esteban Baez Reyes si no estuviesen privados de ésta por otros motivos. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva en contra del imputado Ivo Esteban Baez Reyes por peligro de fuga, fijando caución. Acordado con el voto en contra de la abogada integrante señora Krause, quien estima que la presente apelación se encuentra dentro de los supuestos de la norma del artículo 149 del Código Procesal Penal y, en consecuencia, declararlo admisible. II.- En cuanto al fondo de los demás recursos: Por los argumentos señalados en esta audiencia y que constan en el registro de audio respectivo, se confirma la resolución apelada de veinticuatro de febrero del presente año, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que rechazó decretar la prisión preventiva en contra de los imputados Cristian Alejandro Carrasco Gómez, Verónica Alejandra Carrasco Figueroa y Evelyn Michelle Carrasco Figueroa. En cuanto a la imputada Evelyn Michelle Carrasco Figueroa, acordada la decisión con el voto en contra del Ministro (s) señor de la Noi, quien estuvo por decretar, a su respecto, la prisión preventiva, por los fundamentos que constan en el sistema de audio respectivo. Dese orden inmediata de libertad a Cristian Alejandro Carrasco Gómez, Verónica Alejandra Carrasco Figueroa, Evelyn Michelle Carrasco Figueroa e Ivo Esteban Baez Reyes si no estuviesen privados de ésta por otros motivos. Co

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintiséis de febrero de dos mil veintiséis. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-998-2026 Ruc: 2500991838-0 Rit : O-1788-2026 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señor Fernando Antonio Valderrama Martínez, el Ministro (S) señor Matías Felipe De La Noi Merino y la Abogado Integrante señora Soledad Krause Muñoz Relator: Elizabeth Lei

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