SIN INFORMACION

QUINTERO/SERVICIO NACIONAL DE. MIGRACIONES

Rol

Fecha

25 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 10 de octubre de 2025, se deduce acción constitucional de protección en favor de Jeanpaul Abraham Quintero Bonilla, ciudadano venezolano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°2500100125921, de fecha 04 de septiembre de 2025, mediante la cual se deja sin efecto un permiso de residencia temporal previo, se rechaza una nueva solicitud de residencia y se ordena su abandono del país, vulnerando de esta forma las garantías consagradas en el artículo 19 N°2 y N°3 de la Constitución Política de la República. Menciona como antecedentes de su recurso que Quintero Bonilla reside en Chile con un trabajo estable junto a su pareja, siendo un aporte dentro del territorio nacional. Expone que la autoridad recurrida fundamentó el rechazo de su residencia en el incumplimiento del artículo 20 del Decreto N°177 de 2022, específicamente por no presentar un contrato de prestación de servicios, sin embargo, sostiene que sí cuenta con condiciones laborales sólidas. Argumenta que la orden de abandono es una medida desproporcionada y carente de fundamento suficiente, que lo sitúa en un estado de incertidumbre y amenaza injustificadamente su libertad ambulatoria y su integridad personal. Asimismo, destaca que la decisión administrativa se aparta del debido proceso al no permitirle una defensa efectiva frente a los hechos denunciados. Previas citas legales, pide acoger el recurso en todas sus partes, declarar la nulidad de la Resolución Exenta N°2500100125921, dejar sin efecto la orden de abandono del territorio nacional y ordenar que se prosiga con la tramitación de la residencia del recurrente, adoptando las medidas necesarias para corregir la vulneración de derechos indicada. SEGUNDO: Que, con fecha 17 de noviembre de 2025, comparece la abogada María Paz Fuenzalida García, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, qu

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Jeanpaul Abraham Quintero Bonilla contra el Servicio Nacional de Migraciones, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-22261-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 10 de octubre de 2025, se deduce acción constitucional de protección en favor de Jeanpaul Abraham Quintero Bonilla, ciudadano venezolano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución E

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