ALAFF/BANCO INTERNACIONAL
Rol
Fecha
25 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que, comparece Claudio Prambs Julián, abogado, en representación de Rose Marie Alaff Razzouk, psicóloga, domiciliada en Parcela N°26, Condominio Las Vertientes, Osorno, quien interpone acción constitucional de protección en contra de Banco Internacional Chile S.A., representado por su gerente general Mario Chamorro Carrizo, ingeniero, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°6750, piso N°16, Las Condes, por actos y omisiones que estima ilegales y arbitrarios, que afectan el ejercicio legítimo del derecho de propiedad de la recurrente, consistentes fundamentalmente en la negativa de restituir fondos invertidos en depósitos a plazo por su padre fallecido, además de dilaciones indebidas en aquel procedimiento. Expone que el causante falleció el 28 de noviembre de 2021, siendo sus únicas herederas la recurrente y su hermana, Andrea Alaff Razzouk. Indica que en el banco recurrido el causante mantenía depósitos a plazo cuya cuantía total asciende a $977.607.562. Señala que, en junio de 2024, las herederas solicitaron la restitución de los fondos, sometiendo la petición a un extenso procedimiento, para finalmente comunicarles el 2 y 5 de enero de 2026 que se produciría la restitución del monto total en dos partes, una para cada heredera. No obstante, indica que la recurrente hasta la fecha no ha recibido el dinero, sin recibir respuesta alguna, salvo que el dinero fue depositado en su cuenta corriente. Sin embargo, refiere haber tomado conocimiento que la recurrida enteró el dinero en otra cuenta corriente del Banco Itaú, sucursal Osorno, cuyo titular negó la restitución y retiró el dinero; lo cual ha vulnerado su derecho de propiedad. Señala que, sin perjuicio de existir una acción ordinaria del acreedor para exigir la restitución del depósito, ella resulta ilusoria, debiendo interponerse en la jurisdicción a la que pertenezca el domicilio de la recurrida. Asimismo, afirma que la acción constitucional no es subsidiaria, sino que es una a
Fundamentos
considerando que no se advierte la existencia de una acción u omisión ilegal o arbitraria en el pago efectuado por la recurrida, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 2305 y 2081 del Código Civil, en cuanto a establece un mandato tácito y recíproco entre los comuneros. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-51-2026.
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, la acción de protección interpuesta por Claudio Prambs Julián, abogado, en representación de Rose Marie Alaff Razzouk, en contra de Banco Internacional Chile S.A. y, en consecuencia, se ordena a la recurrida a pagar a la recurrente la suma de $488.807.781, en la cuenta corriente de la recurrente en el Banco Itaú, sucursal Osorno, N°0208949788, en el más breve plazo. En cuanto a los eventuales intereses, estos han de ser discutidos en la sede respectiva. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Claudio Aravena Bustos, quien fue del parecer de rechazar la acción constitucional deducida, considerando que no se advierte la existencia de una acción u omisión ilegal o arbitraria en el pago efectuado por la recurrida, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 2305 y 2081 del Código Civil, en cuanto a establece un mandato tácito y recíproco entre los comuneros. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-51-2026.
Texto Completo (Preview)
Valdivia, veinticinco de febrero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, comparece Claudio Prambs Julián, abogado, en representación de Rose Marie Alaff Razzouk, psicóloga, domiciliada en Parcela N°26, Condominio Las Vertientes, Osorno, quien interpone acción constitucional de protección en contra de Banco Internacional Chile S.A., representado por su gerente general Mario Cha
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