ÑANCO/PEÑA
Rol
Fecha
25 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: 1°) Fabián Ignacio Malpu Pérez, Abogado, Defensor Penal Público, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, interpuso RECURSO DE HECHO, en contra de la resolución de fecha 18 de febrero de 2026, pronunciada por el Juzgado de Garantía de Valdivia, en causa RIT 8664-2025, que tuvo por interpuesto y concedió el recurso de apelación presentado por escrito por la parte querellante, en contra de la resolución dictada en audiencia de fecha 12 de febrero de 2026, que rechazó la solicitud de decretar medidas de protección en favor de la víctima y que se dirigían a restringir la libertad personal de su defendida; recurso que actualmente está en tramitación ante esta Ilustrísima Corte en causa Rol 180-2026, y que resulta legalmente inadmisible por ser inapelable la resolución recurrida. 2°) El artículo 352 del Código de Procedimiento Civil se refiere a la facultad de recurrir, señalando que “Podrán recurrir en contra de las resoluciones judiciales el ministerio público y los demás intervinientes agraviados por ellas, sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos en la ley.” Respecto de la específica regulación del recurso de apelación, el legislador añade en el artículo 370 del Código de Procedimiento Civil, su procedencia limitada a dos hipótesis: “a) Cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de treinta días, y b) Cuando la ley lo señalare expresamente.”. 3°) El artículo 369 del Código Procesal Penal faculta a la parte agraviada para interponer recurso de hecho cuando el tribunal inferior concede un recurso de apelación que no procede conforme a la ley. Se trata de un mecanismo de control de admisibilidad que resguarda el principio de legalidad recursiva y la competencia funcional del tribunal superior. En la especie, don Fabián Ignacio Malpu Pérez, Defensor Penal Público, dedujo recurso de hecho en contra de la resolución de 18 de febrero de 2026, pronunciada
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se resuelve que SE ACOGE el recurso de hecho deducido por el Defensor Penal Fabián Ignacio Malpu Pérez. Déjese copia de la presente resolución en causa Rol 180-2026 Penal del ingreso de esta Corte. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Penal-186-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veinticinco de febrero de dos mil veintiséis. Visto: 1°) Fabián Ignacio Malpu Pérez, Abogado, Defensor Penal Público, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, interpuso RECURSO DE HECHO, en contra de la resolución de fecha 18 de febrero de 2026, pronunciada por el Juzgado de Garantía de Valdivia, en causa RIT 8664-2025, que tuvo por in
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