SIN INFORMACION

AGUILERA/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (SUCESO) COMPIN

Rol

Fecha

24 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente PRIMERO: Que, comparece Javiera Francisca Aguilera Scaparti, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A y de la Superintendencia de Seguridad Social —en adelante SUSESO—, por haber incurrido ambas recurridas en actos ilegales y arbitrarios, consistente en el rechazo de la licencia médica folio N°111468752-5 ( que había sido originalmente aprobada y pagada), y en la exigencia de reintegro del subsidio por incapacidad laboral percibido, ascendente a la suma de $3.112.463.-, bajo la expresa amenaza de poner término unilateral al contrato de salud vigente. Actuaciones que la considera ilegales y arbitrarias, por cuanto fueron adoptadas de manera automática y descontextualizada, vulnerando con ello los derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°1, N°2 y N°24 de la Constitución Política de la República, esto es, el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad, por lo que solicita que este Tribunal acoja el recurso y disponga dejar sin efecto las actuaciones impugnadas, restituyendo la licencia médica al estado de aprobada. Señala la actora que el 20 de noviembre de 2024 sufrió un accidente de tránsito que le ocasionó fracturas costales y fracturas vertebrales torácicas a nivel T1 y T3, diagnóstico confirmado mediante resonancia magnética y evaluado por el especialista en neurocirugía Dr. Rodrigo Vallejo Geiger, de la Clínica Alemana de Santiago. En atención a dicha patología, y

Fundamentos

considerando la necesidad de reposo laboral para su recuperación, el 5 de diciembre de 2024 se emitió la licencia médica folio N°111468752-5, por enfermedad común, que comprendía el período entre el 05 de diciembre de 2024 y el 03 de enero de 2025. Dicha licencia fue oportunamente tramitada, aprobada y pagada por la Isapre Colmena Golden Cross S.A., institución que avaluó el subsidio por incapacidad laboral correspondiente en la suma de $3.112.463.-, la que fue efectivamente percibida por la recurrente. Añade la recurrente que, durante el período de vigencia de la referida licencia, específicamente a contar del 29 de diciembre de 2024, realizó un viaje a Italia que se extendió por los últimos días del período de reposo médico. Dicho desplazamiento fue realizado con pleno conocimiento y autorización del médico neurocirujano tratante, Dr. Rodrigo Vallejo Geiger, quien en control ambulatorio de fecha 26 de diciembre de 2024 dejó expresa constancia de que las lesiones vertebrales de la paciente se encontraban estables, sin compromiso neurológico ni criterios de inestabilidad mecánica, autorizando expresamente el viaje por no representar riesgo alguno para su condición de salud ni interferir con el tratamiento indicado. Asimismo, señala que el referido informe médico deja constancia de que el viaje no implicó reincorporación laboral ni la realización de actividades incompatibles con su condición clínica, manteniéndose en todo momento la indicación de reposo laboral. Agrega que, además de las lesiones físicas, se encontraba bajo seguimiento médico en el ámbito de la salud mental, con controles periódicos con el médico psiquiatra Dr. Manuel Fuentes Salgado a raíz de las consecuencias emocionales y psíquicas derivadas del accidente y del proceso de recuperación. En cuanto al origen de los actos recurridos, la recurrente relata que la SUSESO, mediante Oficio Ordinario O-02-S-01675-2025, correspondiente al expediente O-168916-2025 de fecha 07 de octubre de 2025, informó a la Isapre recurrida el resultado de una fiscalización realizada respecto de licencias médicas otorgadas a trabajadores del sector privado que efectuaron viajes al extranjero durante períodos de reposo, utilizando información proporcionada por la Policía de Investigaciones. En virtud de dicha fiscalización, la SUSESO instruyó a la recurrida ponderar los antecedentes y proceder a redictaminar y rechazar aquellas licencias médicas en que se estimara configurada la causal de incumplimiento del reposo, prevista en el artículo 55 letra a) del Decreto Supremo N°3 de 1984 del Ministerio de Salud. En cumplimiento de dicha instrucción, y sin efectuar análisis particularizado de la situación clínica de la recurrente, ni considerar la autorización médica expresa que respaldaba el viaje, la Isapre Colmena procedió a redictaminar y rechazar la licencia médica folio N°111468752-5, invocando como único fundamento la constatación del desplazamiento al extranjero. Con fecha 01 de diciembre de 2025, la

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se disponga: primero, dejar sin efecto el acto administrativo que instruyó la nueva evaluación de la licencia médica folio N°111468752-5 emitida con fecha 05 de diciembre de 2024; segundo, dejar sin efecto el redictamen de la referida licencia médica; tercero, modificar el estado de dicha licencia desde "rechazada" al de "aprobada", que era el estado anterior al acto impugnado; y cuarto, adoptar las demás medidas que esta Corte estime necesarias para restablecer el imperio del derecho y la plena vigencia de los derechos fundamentales de la recurrente, todo ello con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que, informa la recurrida Isapre Colmena Golden Cross S.A., solicitando el rechazo del recurso de protección. Señala que durante el transcurso del año 2025, la Superintendencia de Seguridad Social llevó a cabo un exhaustivo cruce de datos entre los registros de trabajadores con licencias médicas y los antecedentes de la Policía de Investigaciones de Chile, relativos a las salidas del país. Mediante dicho proceso fiscalizador, se determinó que miles de trabajadores habrían incumplido los reposos médicos prescritos al efectuar viajes al extranjero durante la vigencia de sus respectivas licencias. Como resultado de dicha fiscalización, la SUSESO notificó a la recurrida mediante el Dictamen O-168916-2025, Ordinario O-02-S-01675-2025, de fecha 7 de octubre de 2025, instruyendo a Isapre Colmena Golden Cros

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente PRIMERO: Que, comparece Javiera Francisca Aguilera Scaparti, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A y de la Superintendencia de Seguridad Social —en adelante SUSESO—, por haber incurrido ambas recurridas en actos ilegales y arbitrarios, consistente en el r

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica