ACUÑA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
24 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1. Que, comparecen Javiera Ignacia Gárate Gallardo y Javiera Acuña Ramos, abogadas, en representación de doña Isbel de la Caridad Aldama Vidal, cubana, pasaporte cubano Nº M049866, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y en contra del Ministerio del Interior, y Subsecretaría del Interior, estimando la existencia de una vulneración de su derecho previsto en el artículo 19 N°2 y Nº3 de la Constitución Política de la República, consistente en la omisión por una excesiva demora en la tramitación de su carta de nacionalización. Exponen que su representada, con fecha 20 de agosto de 2023, previo cumplimiento de todos los requisitos previstos en la legislación vigente, ingresó su solicitud de carta de nacionalización. A la fecha de su presentación, ha transcurrido más de un año, (879 días) sin que las autoridades recurridas se hayan pronunciado sobre su solicitud de nacionalización. La omisión de las autoridades recurridas mantienen al recurrente impedida de acceder a la condición de residente nacionalizado chileno, afectándose su desarrollo personal y familiar y su proceso de arraigo en el país. Solicita que se ordene a las recurridas que se pronuncien sobre la misma dentro de un plazo razonable, conforme con los principios que le impone su reglamentación de conformidad con el artículo 84 de la Ley N° 21.325 y el Decreto N°5142 del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido de las disposiciones sobre nacionalización de extranjeros, o, en su defecto, el que se estime conforme al mérito de autos y, en general, adoptar las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho 2. Que, comparece Sebastián González Rubio, abogado, en representación del Ministerio del Interior, quien evacúa informe al tenor de la acción constitucional interpuesta. Expone que, a la fecha del informe, la solicitud de otorgamiento de carta de nacionalización de la parte recurrent
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 N°2 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se RECHAZA, sin costas, la presente acción constitucional de protección deducida en favor de doña Isbel de la Caridad Aldama Vidal, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y Ministerio del Interior. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad N°Protección-88-2026.
Texto Completo (Preview)
Valdivia, veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: 1. Que, comparecen Javiera Ignacia Gárate Gallardo y Javiera Acuña Ramos, abogadas, en representación de doña Isbel de la Caridad Aldama Vidal, cubana, pasaporte cubano Nº M049866, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y en contra del Ministerio del Int
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