MP C/ JUAN ANTONIO SÁNCHEZ HUENCHUL.
Rol
Fecha
24 de febrero de 2026
Materia
ABUSO SEXUAL DE MENOR DE 14 AÑOS.ART. 366 BIS.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. A su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Segundo: Que, no habiéndose solicitado la intensificación de las medidas cautelares previamente decretadas, sino únicamente la imposición de la prisión preventiva respecto del imputado, y ponderado el mérito de los antecedentes expuestos, no se advierte que dicha medida resulte necesaria ni proporcional en el actual estado procesal, atendido su carácter excepcional y de última ratio. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de dieciocho de febrero del año en curso, en los autos RIT 10034-2025, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto que no dio lugar a decretar la prisión preventiva al imputado Juan Antonio Sánchez Huenchul y le impuso medidas cautelares de las letras a, c, g y d artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno, firma mensual, prohibición de acercarse a la víctima y familiares, prohibición de salir del país, además de la prohibición o restricción de comunicaciones. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 589-2026 Penal.
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San Miguel, veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis Sala: Primera Sala Rol: 589-2026 Penal Ruc: 2500647975-0 RIT: 10034-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Imputado: Juan Antonio Sánchez Huenchul Delito: abuso sexual de menor de 14 años Tipo de recurso: apelación cautelar Escritos resueltos en audiencia: 2 San Miguel, veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis. Vistos y ten
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