SIN INFORMACION

SANCHEZ/SERVICIO NACIONAL DE. MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 10 de octubre de 2025, comparece el abogado Pablo Peñaloza Parra, en favor de Marievans Consuelo Sánchez Chirino, cédula de identidad para extranjeros N°26.709.294-K, de nacionalidad venezolana, y domiciliada para estos efectos en calle Pedro León Gallo N°561, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, con domicilio en San Antonio N°580, Santiago, por la actuación ilegal y arbitraria deducida en resolución exenta folio N°2500100132268, de fecha 10 de septiembre de 2025, en la cual se declara inadmisible su solicitud de residencia definitiva. Expone, que el recurrente ingresó al país en calidad de turista y, previo al vencimiento de su visa temporaria, postuló a la residencia definitiva el 10 de septiembre de 2025, la que fue declarada inadmisible mediante resolución exenta de la misma fecha, cuyo fundamento es “[...] Que, en virtud de los antecedentes analizados por esta autoridad, la persona extranjera no cumple con lo dispuesto en el artículo 65 N°4 del Decreto N°296, al contar con infracciones migratorias graves, requisito exigido para postular al permiso de Residencia Definitiva. […]” Alega, que la resolución recurrida es contraria a derecho puesto que no se especifica cual es la sanción migratoria por la que se declara la inadmisibilidad de la solicitud de residencia definitiva, la misma solo le limita a señalar que la causal considerada para declarar no acogida a trámite es de conformidad con el artículo 65 N°4. Agrega que, además, se debe considerar que se observan discrepancias en su proceso, o más bien contradicciones por parte de la administración, debido a que el Servicio Nacional de Migraciones en principio acogió a trámite la solicitud de residencia definitiva de la recurrente, dándole curso a la solicitud, requiriéndole incluso el pago de los derechos del beneficio migratorio solicitado para, posteriormente, cambiar drásticamente su decisió

Fallo

se declara inadmisible su solicitud de residencia definitiva. Expone, que el recurrente ingresó al país en calidad de turista y, previo al vencimiento de su visa temporaria, postuló a la residencia definitiva el 10 de septiembre de 2025, la que fue declarada inadmisible mediante resolución exenta de la misma fecha, cuyo fundamento es “[...] Que, en virtud de los antecedentes analizados por esta autoridad, la persona extranjera no cumple con lo dispuesto en el artículo 65 N°4 del Decreto N°296, al contar con infracciones migratorias graves, requisito exigido para postular al permiso de Residencia Definitiva. […]” Alega, que la resolución recurrida es contraria a derecho puesto que no se especifica cual es la sanción migratoria por la que se declara la inadmisibilidad de la solicitud de residencia definitiva, la misma solo le limita a señalar que la causal considerada para declarar no acogida a trámite es de conformidad con el artículo 65 N°4. Agrega que, además, se debe considerar que se observan discrepancias en su proceso, o más bien contradicciones por parte de la administración, debido a que el Servicio Nacional de Migraciones en principio acogió a trámite la solicitud de residencia definitiva de la recurrente, dándole curso a la solicitud, requiriéndole incluso el pago de los derechos del beneficio migratorio solicitado para, posteriormente, cambiar drásticamente su decisión, notificando a la recurrente que ahora la solicitud de residencia definitiva, que ha tenido más d

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Con fecha 10 de octubre de 2025, comparece el abogado Pablo Peñaloza Parra, en favor de Marievans Consuelo Sánchez Chirino, cédula de identidad para extranjeros N°26.709.294-K, de nacionalidad venezolana, y domiciliada para estos efectos en calle Pedro León Gallo N°561, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de prot

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