SIN INFORMACION

REYES/SERVICIO NACIONAL DE. MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 9 de octubre de 2025, comparece el abogado Pablo Peñaloza Parra, en favor de Gabriel Elías Reyes Garrido, cédula de identidad para extranjeros N°26.868.744-0, de nacionalidad venezolana, y domiciliado para estos efectos en calle Luis García Astorga N°633, comuna de Rengo, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, con domicilio en San Antonio N°580, Santiago, por la actuación ilegal y arbitraria deducida en resolución exenta folio N°2500100135852, de fecha 11 de septiembre de 2025, en la cual se declara inadmisible su solicitud de residencia definitiva. Expone, que el recurrente ingresó al país en calidad de turista y, previo al vencimiento de su visa temporaria, postuló a la residencia definitiva el 24 de marzo de 2023, la que fue declarada inadmisible mediante resolución exenta de 11 de septiembre de 2025, cuyo fundamento es “Que, en virtud de los antecedentes analizados por esta autoridad, la persona extranjera no cumple con lo dispuesto en el Artículo 79 de la Ley N°21.325, ya que, como titular de un permiso de residencia temporal, no logra acreditar un periodo de residencia en el país de a lo menos 24 meses, requisito exigido para postular al permiso de Residencia Definitiva.” Alega, que la resolución recurrida es contraria a derecho y que el Servicio interpreta de forma errada el artículo 79 de la Ley N°21.325, puesto que no se especifica cual es la hipótesis legal por la que se declara la inadmisibilidad de la solicitud de residencia definitiva, si se considera que el recurrente en pleno ejercicio de sus derechos, desde que ingresó a Chile ha realizado todos los requerimientos solicitados por el Servicio Nacional de Migraciones además de postular dentro de los plazos establecidos en la norma, poseyendo, además, estabilidad laboral. Arguye que, la decisión del recurrido redunda en lo ilegal y arbitrario decretar la inadmisibilidad de la petición sin permitirle subsan

Fallo

se declara inadmisible su solicitud de residencia definitiva. Expone, que el recurrente ingresó al país en calidad de turista y, previo al vencimiento de su visa temporaria, postuló a la residencia definitiva el 24 de marzo de 2023, la que fue declarada inadmisible mediante resolución exenta de 11 de septiembre de 2025, cuyo fundamento es “Que, en virtud de los antecedentes analizados por esta autoridad, la persona extranjera no cumple con lo dispuesto en el Artículo 79 de la Ley N°21.325, ya que, como titular de un permiso de residencia temporal, no logra acreditar un periodo de residencia en el país de a lo menos 24 meses, requisito exigido para postular al permiso de Residencia Definitiva.” Alega, que la resolución recurrida es contraria a derecho y que el Servicio interpreta de forma errada el artículo 79 de la Ley N°21.325, puesto que no se especifica cual es la hipótesis legal por la que se declara la inadmisibilidad de la solicitud de residencia definitiva, si se considera que el recurrente en pleno ejercicio de sus derechos, desde que ingresó a Chile ha realizado todos los requerimientos solicitados por el Servicio Nacional de Migraciones además de postular dentro de los plazos establecidos en la norma, poseyendo, además, estabilidad laboral. Arguye que, la decisión del recurrido redunda en lo ilegal y arbitrario decretar la inadmisibilidad de la petición sin permitirle subsanar, como ocurre con otros solicitantes. Agrega que el Servicio recurrido deja al recurrente

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Con fecha 9 de octubre de 2025, comparece el abogado Pablo Peñaloza Parra, en favor de Gabriel Elías Reyes Garrido, cédula de identidad para extranjeros N°26.868.744-0, de nacionalidad venezolana, y domiciliado para estos efectos en calle Luis García Astorga N°633, comuna de Rengo, deduciendo recurso de protección e

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