AHMAD MALIK SUFYAN CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
25 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
VISTO: Apareciendo que los hechos que motivan la presente acción, tendrían su origen en actuaciones u omisiones acaecidas fuera del territorio jurisdiccional de esta Corte, dado que según los registros del recurrido, el recurrente señala domicilio en el extranjero, país Pakistan, aunado a que el mismo recurrido en esta causa, Servicio Nacional de Migraciones, tiene su domicilio en la comuna de Santiago Centro, Región Metropolitana; y según lo dispuesto en el numeral 1° del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección sobre Garantías Constitucionales, esta Corte de Apelaciones declara que es INCOMPETENTE para conocer del recurso de protección interpuesto el diez de febrero pasado, debiendo remitirse los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago, por corresponderle su conocimiento y resolución, y ante la negativa de dicho tribunal en orden a aceptar la declinatoria de esta Corte de Apelaciones de Iquique, téngase trabada la correspondiente contienda de competencia, debiendo elevarse los antecedentes a la Excelentísima Corte Suprema, para que la dirima conforme a derecho. Remítanse por la vía más expedita. Regístrese y archívese. Rol N° 128-2026 Protección. /aia
Fallo
Fallo del Recurso de Protección sobre Garantías Constitucionales, esta Corte de Apelaciones declara que es INCOMPETENTE para conocer del recurso de protección interpuesto el diez de febrero pasado, debiendo remitirse los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago, por corresponderle su conocimiento y resolución, y ante la negativa de dicho tribunal en orden a aceptar la declinatoria de esta Corte de Apelaciones de Iquique, téngase trabada la correspondiente contienda de competencia, debiendo elevarse los antecedentes a la Excelentísima Corte Suprema, para que la dirima conforme a derecho. Remítanse por la vía más expedita. Regístrese y archívese. Rol N° 128-2026 Protección. /aia
Texto Completo (Preview)
Iquique, veinticinco de febrero de dos mil veintiséis. A lo principal, por cumplido lo ordenado. Al primer y tercer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, por acompañado. Resolviendo derechamente presentación Folio N° 1: VISTO: Apareciendo que los hechos que motivan la presente acción, tendrían su origen en actuaciones u omisiones acaecidas fuera del territorio jurisdiccional de esta Cort
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