SIN INFORMACION

CORVERA MENDOZA TOMÁS BENJAMÍN FRANCISCO/JUZGADO DE GARANTÍA DE LOS VILOS

Rol

Fecha

23 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Gabriel Herrera Sandoval, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Tomás Benjamín Francisco Corvera Mendoza, condenado en causa RIT 1531-2020, y en contra de Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, por mantener privado de libertad al amparado en virtud de una sanción corporal que a la fecha del recurso pudiera ya encontrarse cumplida producto de la prescripción gradual de la pena. Expone que el recurrente fue condenado en la causa antes señalado a una pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo (equivalentes 1096 días), reconociéndose en la sentencia condenatoria de 23 de mayo de 2023 un abono de 985 días producto del tiempo que el amparado estuvo sometido a la cautelar de arresto domiciliario total. Agrega que el pasado 11 de febrero el tribunal dispuso orden de ingreso del actor en calidad de rematado “sin audiencia de control de detención, revisión de la pena u otra actuación frente al Juzgado de Garantía para la revisión del estado o legalidad de la privación de libertad de mi representado”. Afirma que en virtud de los antecedentes expresados y considerando lo dispuesto en el artículo 103 del Código Penal, se puede concluir que el actor se encuentra privado de libertad por una sanción corporal que a la fecha podría encontrarse extinguida producto de la prescripción gradual de la pena, a pesar de lo cual el tribunal recurrido no ha adoptado ninguna medida para revisar su situación procesal Previas citas de derecho solicita acoger la acción deducida y, en definitiva, declarar la prescripción pena en favor del amparado, disponiendo su inmediata libertad. SEGUNDO: Que, evacuó informe el juez Gonzalo Martínez Merino, indicando que el amparado fue condenado el 22 de mayo de 2023, en causa RIT 1531-2020 RUC 2000931366-5, a una pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por su responsabilidad como cómplice de un delito consumado de tráfico ilícito de droga, disponiéndose el cumplimiento efectivo de la sanción. Agrega que el 01 de junio de 2023 se certificó la ejecutoriedad del

Fallo

fallo y que el 11 de febrero de 2026 Gendarmería de Chile se comunica telefónicamente con ese tribunal haciendo presente que el amparado se encontraba sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva por resolución del 2° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago en causa RIT 17-2026 RUC 2100859042-4 por el delito de homicidio, y que requería un pronunciamiento sobre la situación procesal del condenado en relación a la sentencia del Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos. Indica que el mismo 11 de febrero se dio orden de ingreso del amparado en calidad de rematado por el saldo de la pena y que éste solicitó audiencia para discutir la media prescripción de la pena mediante escrito de 13 de febrero pasado. Expresa que resolviendo la presentación del actor se fijó audiencia para el 10 de marzo de 2026 sin que la defensa haya interpuesto recursos respecto de esa decisión. TERCERO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Y agrega que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra

Texto Completo (Preview)

Corvera Mendoza, Tomás Benjamín Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos Recurso de amparo Rol N°129-2026.- La Serena, veintitrés de febrero de dos mil veintiséis. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Gabriel Herrera Sandoval, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Tomás Benjamín Francisco Corvera Mendoza, condenado en causa RIT 1531-2020, y en contra de Juzg

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