HERNÁNDEZ HENN JORGE / COMPLEJO PENITENCIARIO DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
21 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1 comparece Ruth Walezka Henn Arancibia, quien interpone acción constitucional de amparo en beneficio de su hijo, Jorge Gonzalo Hernández Henn, quien actualmente se encuentra recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, en contra de Gendarmería de Chile. Relata que el amparado se encuentra amenazado de muerte en la población penal, lo que le impediría ingresar a los módulos asignados. Por lo anterior, solicita su traslado al módulo 104 del mismo recinto o, en su defecto, a la Cárcel de Petorca, apelando a su condición de madre y a la necesidad de resguardar la vida de su hijo, quien además tiene un hijo de 4 años, por lo que teme por su integridad
Fundamentos
considerando las amenazas que mantiene en su contra. A folio 6 informa el Alcaide (S) del Complejo Penitenciario de Valparaíso, Teniente Coronel Juan Medina Medina, señalando que la Oficina de Clasificación y Segmentación Penal entrevistó al interno Jorge Gonzalo Hernández Henn, solicitando el propio amparado que fuera ingresado al módulo 111, lo que fue concretado el12 de febrero de 2026, manifestando expresamente no mantener problemas con sus pares, por lo que se levantó una acta titulada “solicitud voluntaria” donde consta la voluntad del amparado, suscrita por el amparado con su firma y huella dactilar. En dicho documento, el interno solicita ingresar al módulo 111 bajo su responsabilidad, declarando: "No tengo problema con internos de este módulo". Esta acta fue acompañada en el informe y rola a folio 12 del expediente digital. A folio 12 informa la Dirección Regional de Gendarmería, Región de Valparaíso, dando cuenta que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 3 de la Ley N°20.000, siendo clasificado como un interno de mediano compromiso delictual y está recluido desde el 10 de octubre de 2024. Señala que no es factible su traslado al Centro de Detención Preventiva de Petorca, en atención a que éste mantiene faltas y por su clasificación de mediano compromiso delictual, ingresando en dicho recinto internos solo con irreprochable conducta anterior, bajo compromiso delictual y ausencia total de faltas disciplinarias durante su trayectoria intramuros. A folio 12 se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, la acción de amparo tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando existe una privación, perturbación o amenaza ilegal a la libertad personal o seguridad individual. Segundo: Que, conforme al artículo 6 N° 12 del D.L. N° 2.859, es facultad exclusiva de Gendarmería de Chile determinar los establecimientos donde los internos cumplirán sus regímenes y disponer sus traslados o ubicación interna. Esta potestad administrativa busca velar por la seguridad de los internos y el orden de los recintos. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes y lo informado por la autoridad recurrida, consta que Gendarmería de Chile procedió a evaluar la situación de seguridad del amparado mediante una entrevista directa. Cuarto: Que, como consta en el acta de solicitud voluntaria de 12 de febrero de 2026, el propio Jorge Gonzalo Hernández Henn manifestó expresamente su voluntad de ingresar al módulo 111, asegurando que no mantiene problemas con los demás internos de dicha dependencia. Esta declaración voluntaria y el consecuente traslado realizado por la institución penitenciaria demuestran una actuación conforme a la normativa vigente y a los requerimientos de seguridad del propio beneficiario. Quinto: Que, al negar el propio amparado la existencia de conflictos con sus pares y manifestar su conformidad con la ubicación asignada, e
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Jorge Gonzalo Hernández Henn. Regístrese, notifíquese y archívese. N°Amparo-437-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: A folio 1 comparece Ruth Walezka Henn Arancibia, quien interpone acción constitucional de amparo en beneficio de su hijo, Jorge Gonzalo Hernández Henn, quien actualmente se encuentra recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, en contra de Gendarmería de Chile. Relata que el amparado se encuentra amenazado
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