C/ ABRAHAM BERNARDO ARANDA ABARCA
Rol
Fecha
20 de febrero de 2026
Materia
HURTO FALTA 494 BIS CODIGO PENAL
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que en la causa RUC 1001076329-6, RIT 17.540-2010 del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, la defensa del condenado Abraham Bernardo Aranda Abarca, recurre apelando contra la resolución de veinticinco de noviembre de dos mil veinticinco, que rechazó la solicitud de prescripción de la pena y revocó la pena sustitutiva concedida en la sentencia dictada con fecha diecinueve de noviembre de 2010, por un saldo de doce días, ordenando su cumplimiento efectivo. 2°) La defensa funda su recurso de apelación en que la resolución dictada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago, de veinticinco de noviembre de 2025, yerra al rechazar la solicitud de prescripción de la pena, revocando la pena sustitutiva que le fue concedida y ordena el ingreso del condenado para su cumplimiento efectivo, por una incorrecta interpretación de las normas que regulan dicha institución. Sostiene que la pena impuesta -de 21 días de prisión en su grado medio- corresponde a una pena de falta, sujeta al plazo de prescripción de seis meses previsto en los artículos 93 N°7 y 97 del Código Penal. Añade que, aun cuando existieron condenas posteriores que interrumpieron la prescripción, conforme al artículo 99 del mismo cuerpo legal el plazo debía comenzar a correr nuevamente desde la última sentencia condenatoria, dictada en noviembre de 2016, y sin anotaciones hasta noviembre de 2024, habiendo transcurrido con creces el término legal sin nuevas interrupciones en dicho lapso. En consecuencia, solicita la revocación de la resolución recurrida y que se declare prescrita la pena. 3°) Que, conforme a los antecedentes de la causa, y lo expuesto durante la vista de la misma, consta lo siguiente: a) Mediante sentencia definitiva de fecha diecinueve de noviembre de 2010 Abraham Bernardo Aranda Abarca fue condenado a la pena de 21 días de prisión en su grado medio, más las accesorias legales, como autor del delito hurto falta, concediéndosele el beneficio de remisión condicion
Fundamentos
considerando la pena en concreto -falta- o en abstracto, desde la última condena del año 2016 y hasta la condena del año 2024, había transcurrido con creces el plazo de prescripción de la pena impuesta por sentencia en noviembre del año 2010, considerando el extracto de antecedentes y que el sentenciado no registra salidas del país que pudieren alterar el cómputo del plazo, en los términos previstos en el artículo 100 del mismo cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 93 N°7 del Código Penal; 93 f) y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veinticinco de noviembre de dos mil veinticinco, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, y en su lugar
Fallo
se declara prescrita la pena impuesta al sentenciado Abraham Bernardo Aranda Abarca, C.I. N°18.091.927-9. Dese orden de libertad para el señalado sentenciado, si no estuviere privado de ella por otra causa. Comuníquese por la vía más rápida. Redacción de la Ministra (S) señora Laura Assef. N°Penal-6442-2025. Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Guillermo de la Barra Dünner, e integrada, además, por la ministra (S) señora Laura Assef Monsalve y el ministro (S) señor Daniel Aravena Pérez.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de febrero de dos mil veintiséis. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que en la causa RUC 1001076329-6, RIT 17.540-2010 del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, la defensa del condenado Abraham Bernardo Aranda Abarca, recurre apelando contra la resolución de veinticinco de noviembre de dos mil veinticinco, que rechazó la solicitud de prescripción de la pena y revoc
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