CORREA/SECCION DE REMUNERACIONES POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
20 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece doña Natalia Andrea Aguilar Rodriguez, abogada, en representación de don Mauro Andrés Pizarro Cruz, don Jorge Williams Espinoza Retamal y don José Armando Correa Butron, funcionarios activos de la Policía de Investigaciones de Chile, interponiendo acción constitucional de protección en contra de la Sección de Remuneraciones de la Policía de Investigaciones de Chile, por el acto que califican de ilegal y arbitrario consistente en la omisión del pago íntegro de los saldos remuneratorios adeudados por concepto de la "asignación de grado efectivo", en la base de cálculo de la "asignación de zona", por el período que media entre su ingreso a la institución y el 26 de abril de 2021, omisión que sostiene vulnera su derecho de propiedad sobre sus remuneraciones y el derecho a la igualdad ante la ley. Expresa que la conducta de la recurrida se extiende a dos aspectos. Primero, la omisión de pago de los saldos remuneratorios adeudados por concepto de la “asignación de grado efectivo”, destacando que dicha asignación forma parte de la remuneración y debe ser considerada para el cálculo de la “asignación de zona”, adeudándose a los recurrentes desde el período de su ingreso a la institución hasta el 26 de abril de 2021, época que no ha sido regularizada por la recurrida. Argumentan que esta omisión conculca su derecho indubitado de propiedad sobre sus remuneraciones, amparado por los artículos 97 y 98 del DFL 1 de 1980 del Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones, los cuales consagran el derecho a la remuneración por los servicios prestados y el derecho a la remuneración íntegra. El segundo aspecto, explica, se relaciona con la conducta pasiva de la recurrida en regular sus deberes como empleador público, conculcando el derecho y garantía constitucional del artículo 19 N° 2, debido a que la PDI realiza una distinción arbitraria en perjuicio de los recurrentes, quienes son discriminados respecto de otros exfuncionarios que en semejantes circunstancias sí han recibido el pago íntegro de los montos insolutos por el mismo período alegado en autos. Relata que don Mauro Andrés Pizarro Cruz ingresó a la PDI el 20 de mayo de 1997, don Jorge Williams Espinoza Retamal el 15 de julio de 2003, y don José Armando Correa Butron el 1 de febrero de 1998, desempeñando funciones en zonas con derecho a asignación, como Iquique y Arica, sin que se les regularizaran los saldos de pago incompletos por la asignación de grado efectivo en la base de cálculo de la asignación de zona. Hace presente que, en mayo de 2019, la PDI informó, mediante Radiograma N° 225, un mejoramiento del cálculo de la gratificación de zona, lo que implicó un pago íntegro de dicha asignación ese mes. Sin embargo, en junio de 2019, el pago íntegro fue suspendido, comunicándose mediante Radiograma N° 285 que la situación estaba siendo sometida a pronunciamiento de la Contraloría General de la República, y que mediante el Dictamen N° E98928 / 2021, emitido e
Fallo
en virtud de lo razonado, no se configura la existencia de un derecho indubitado que pueda ser amparado por esta vía de emergencia. Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República de Chile y el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza la acción constitucional de protección deducida en favor de don Mauro Andrés Pizarro Cruz, don Jorge Williams Espinoza Retamal, y don José Armando Correa Butron, en contra de la Sección de Remuneraciones de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-13785-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de febrero de dos mil veintiséis. A los folios 15 y 16: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que comparece doña Natalia Andrea Aguilar Rodriguez, abogada, en representación de don Mauro Andrés Pizarro Cruz, don Jorge Williams Espinoza Retamal y don José Armando Correa Butron, funcionarios activos de la Policía de Investigaciones de Chile, inte
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