JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PICHILEMU

MP C/ DAVID ALEXANDERS CATALÁN BRAVO

Rol

Fecha

20 de febrero de 2026

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido que no hay otra pena sustitutiva más intensa que la libertad vigilada intensiva, siendo obligación del condenado hacerse de los medios necesarios para su cumplimiento y teniendo presente que, aun cuando se estimara que una eventual deficiencia económica le impide cumplir la pena, dicha circunstancia no ha sido debidamente acreditada, constando la concurrencia de incumplimientos injustificados, lo que los torna graves y reiterados y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37 de la ley 18.216 y artículos 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta de enero de dos mil veintiséis, dictada en causa RIT 453-2025, por el Juzgado de Letras y Garantía de Pichilemu, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva otorgada en favor del condenado David Alexanders Catalán Bravo, ordenando el cumplimiento efectivo de la pena impuesta en su contra. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 123-2026- Penal

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veinte de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido que no hay otra pena sustitutiva más intensa que la libertad vigilada intensiva, siendo obligación del condenado hacerse de los medios necesarios para su cumplimiento y teniendo presente que, aun cuando se estimara que una eventual deficiencia económica le impide cumplir la pena, dicha circunstancia no ha sido de

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