MTN CONSULTORES SPA/ELITE CONSTRUCTORES LTDA
Rol
Fecha
20 de febrero de 2026
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
RECH. CASACIÓN-CONFIRMA SENT.
Hechos
VISTOS: En estos autos Rol C-5417-2024 del Segundo Juzgado Civil de Antofagasta, caratulados “MTN CONSULTORES SPA con ELITE CONSTRUCTORES LTDA” sobre juicio ejecutivo, mediante sentencia de nueve de junio de dos mil veinticinco, se rechazó, con costas, la oposición a la ejecución deducida por Lautaro Emilio Molina Jiménez, en representación de la ejecutada Elite Constructores Limitada, a través de las excepciones del artículo 464 N° 7, 3 y 9 del Código de Procedimiento Civil, debiendo seguir adelante la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado, más intereses y costas. En contra de dicho fallo, el ejecutado dedujo recurso de casación en la forma, invocando la causal contemplada en el artículo 768 N° 5 del Código de Procedimiento Civil, juntamente con un recurso de apelación. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA: PRIMERO: Que el recurrente fundó su recurso de casación formal en el motivo contemplado en el artículo 768 N° 5 con relación al artículo 170 N° 4, ambos del Código de Procedimiento Civil, que exige que las sentencias definitivas de primera o única instancia y las de segunda que modifiquen o revoquen en su parte dispositiva las de otros tribunales, deben contener las consideraciones de hecho o de derecho que le sirven de fundamento. Reclama que de la lectura del
Fallo
fallo se apreciaría que no habría análisis de las consideraciones de hecho y derecho, ni se fundamentaría debidamente el rechazo de las excepciones opuestas, en particular la de pago porque su razonamiento no permitiría justificar la decisión de no acogerla, porque la sentencia no se adecuaría a las pruebas de su parte ni justificaría los motivos para restarles eficacia. Añade que, si bien la sentenciadora establecería un argumento justificativo general para rechazar las excepciones, no lograría motivar por qué no acogió la de pago, más aún, si resultaría claro que su parte se habría visto obligada, por orden judicial, a pagar los montos asociados a las facturas objeto del juicio. Añade que no se habría analizado el comprobante N° 89213919 del Banco de Crédito e Inversiones, de 28 de enero de 2025, correspondiente a las transferencias de Elite Constructores Ltda. a la cuenta corriente del Cuarto Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, por $54.177.499, que acreditaría la fecha y monto pagado, documento que sería concordante con las resoluciones que ordenaron a su parte al pago de esa suma, pues las facturas referidas fueron embargadas, corroboradas por esta Corte en causa Rol 1128-2024, que revocó la resolución del Cuarto Juzgado de Letras Civil -Rol 2678-2024-, y estimó embargadas las facturas cuyo pago se reclama en este juicio. Indica que su parte insistió en los procesos ejecutivos referidos -Cuarto Juzgado de Civil Rol 2678-2024, Segundo Juzgado de Letras Civil Rol 302
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a veinte de febrero de dos mil veintiséis. VISTOS: En estos autos Rol C-5417-2024 del Segundo Juzgado Civil de Antofagasta, caratulados “MTN CONSULTORES SPA con ELITE CONSTRUCTORES LTDA” sobre juicio ejecutivo, mediante sentencia de nueve de junio de dos mil veinticinco, se rechazó, con costas, la oposición a la ejecución deducida por Lautaro Emilio Molina Jiménez, en representación
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