MILLAY/5° JUZGADO CIVIL DE VALPARAISO
Rol
Fecha
19 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece la abogada Dora Adelsdorfer Orellana, de la Corporación de Asistencia Judicial de Valparaíso, por el solicitante Carlos Millay Millay, en autos Rol V-122-2025 del Quinto Juzgado Civil de Valparaíso, caratulados "Millay", e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 5 de enero de 2026, que denegó el recurso de apelación interpuesto subsidiariamente por su parte en contra de la resolución que rechazó la solicitud de oficiar al Banco del Estado de Chile para que remitiera todos los antecedentes referidos al pago del Vale Vista N°011935794. Solicita que esta Corte declare admisible dicho recurso, ordenando la remisión de los antecedentes para su vista y fallo. Funda su arbitrio en que la resolución que ha denegado la práctica del oficio solicitado, conforme al artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, se trata de un auto que altera la substanciación regular del juicio, toda vez que niega al solicitante la posibilidad de obtener información esencial sobre el supuesto pago del vale vista nominativo cuyo extravío solicita, circunstancia vital para que proceda la declaración de extravío; y además recae sobre un trámite no expresamente ordenado en la ley, toda vez que la práctica de diligencias informativas en procedimientos voluntarios no se encuentra expresamente regulada. A folio 4, informa al tenor del recurso la señora Juez del Quinto Juzgado Civil de Valparaíso, doña Silvia Veloso Bustos, señalando en lo pertinente que la resolución que se intenta apelar improcedentemente es un auto que tuvo presente la naturaleza de la gestión voluntaria; no obstante, se han recabado antecedentes del Banco Estado mediante correo electrónico que informa que el vale vista fue pagado el 21 de octubre de 2025. A folio 7, se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Teniendo únicamente presente que conforme al artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, resultan apelables los autos y decretos cuando alteran la substanciación regular o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, como es el caso de autos, desde que el despacho de oficios por parte del tribunal para efectos de recabar información completa sobre el pago de un vale vista en un procedimiento voluntario de declaración de extravío no se encuentra regulado por la ley. Y conforme con lo dispuesto en los artículos 203 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho interpuesto por el solicitante, en autos Rol V-122-2025 del Quinto Juzgado Civil de Valparaíso, caratulados "Millay", en contra de la resolución de cinco de enero de dos mil veintiséis, y en consecuencia, se concede en el sólo efecto devolutivo el recurso de apelación en contra de la resolución de veinticuatro de diciembre de dos mil veinticinco, debiendo el tribunal a quo remitir los antecedentes vía interconexión, para su conocimiento y resolución. Regístrese y comuníquese. N°Civil-118-2026. En Valparaíso, diecinueve de febrero de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: A folio 1, comparece la abogada Dora Adelsdorfer Orellana, de la Corporación de Asistencia Judicial de Valparaíso, por el solicitante Carlos Millay Millay, en autos Rol V-122-2025 del Quinto Juzgado Civil de Valparaíso, caratulados "Millay", e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fe
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