SIN INFORMACION

LORVELIE JOSEPH/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN Y OTRO

Rol

Fecha

19 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, comparece doña Lorvelie Joseph, ciudadana haitiana, RUN N° 26.201.245-K, domiciliada en calle 1 Norte N° 76, San Felipe, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación y de la Policía de Investigaciones de Chile, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la negativa de renovar su cédula de identidad y la omisión en entregar el certificado de vigencia de residencia definitiva, que vulnera los derechos establecidos en el artículo 19 N° 2, 21 y 23 de la Constitución Política de la República. Señala que obtuvo residencia definitiva mediante Resolución Exenta N° 102747 de 1 de junio de 2020, con vigencia hasta el 7 de octubre de 2025. El 23 de julio de 2025 acudió al Registro Civil de San Felipe para renovar su cédula, donde le indicaron que necesitaba un certificado de vigencia de residencia definitiva de la Policía de Investigaciones de Chile. El 2 de agosto de 2025 solicitó dicho certificado al email tramite.losandes@invetigaciones.cl, sin obtener respuesta. Sostiene que la negativa constituye un acto ilegal por contravenir los artículos 4, 7, 8 y 14 de la Ley N° 19.880 y el artículo 8° de la Constitución, impidiéndole desarrollarse económicamente, firmar contratos y adquirir bienes. Solicita se ordene emitir el pronunciamiento correspondiente en un plazo no superior a 30 días, con costas. A folio 4, informa la Policía de Investigaciones que la recurrente no registra medidas cautelares vigentes. Señala que consultado el correo institucional tramites.losandes@investigaciones.cl, no existe solicitud alguna, toda vez que la recurrente la envió al correo tramite.losandes@invetigaciones.cl, el cual se encuentra mal escrito. Informa además que con fecha 05 de agosto de 2025 dio inicio a un procedimiento administrativo sancionatorio de expulsión por ingreso clandestino al territorio nacional conforme al artículo 32 N° 3 de la Ley N° 21.325, el cual se encuentra actualmente en tramitación, sin que exista

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el recurso de protección contemplado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido vulnerado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que priven, perturben o amenacen el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales expresamente señaladas en dicha norma. Segundo: Que, por esta vía, se alega la ilegalidad o arbitrariedad del Servicio de Registro Civil e Identificación al negarse a renovar la cédula de identidad de la recurrente, así como de la Policía de Investigaciones de Chile al no entregar el certificado de vigencia de residencia definitiva solicitado, vulnerándose con ello las garantías constitucionales del artículo 19 N° 2, 21 y 23 de la Constitución Política de la República. Tercero: Que, de los antecedentes consta que la parte recurrente efectivamente obtuvo su permanencia definitiva mediante Resolución Exenta N° 102747 de 1 de junio de 2020, emitida por el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, permiso que a la fecha se encuentra vigente según lo informado por el Servicio Nacional de Migraciones. Asimismo, consta que la cédula de identidad de la recurrente venció el 7 de octubre de 2025, y que habiendo acudido al Servicio de Registro Civil e Identificación de San Felipe el 23 de julio de 2025 para renovarla, le fue indicado que debía presentar un certificado de vigencia de residencia definitiva emitido por la Policía de Investigaciones. Cuarto: Que, en cuanto a la actuación de la Policía de Investigaciones de Chile, consta de los antecedentes que la recurrente solicitó el certificado de vigencia de residencia definitiva al correo electrónico tramite.losandes@invetigaciones.cl, dirección que se encuentra mal escrita, siendo el correo institucional correcto tramites.losandes@investigaciones.cl. En consecuencia, la solicitud nunca llegó a conocimiento del organismo recurrido, de modo que no puede imputársele omisión ilegal o arbitraria alguna respecto de una solicitud que nunca fue recibida. Los organismos del Estado sólo pueden actuar y responder respecto de aquello que efectivamente llega a su conocimiento por los canales formalmente habilitados para ello, sin que pueda exigírseles conocimiento de solicitudes que, por causa imputable al propio solicitante, no fueron correctamente dirigidas. Quinto: Que, en cuanto a la actuación del Servicio de Registro Civil e Identificación, el artículo 43 de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería establece que los residentes temporales y definitivos deberán solicitar cédula de identidad ante dicho Servicio, el que está facultado para emitirla en el supuesto de que el requirente sea titular de una visación de residente o tenga permanencia definitiva vigente y cumpla con los requisitos de actualización de antecedentes migratorios ante el Servicio Nacional de Migraciones, adjuntando visa vigente y certificado del Registro de la Policía de Inves

Fallo

Por estas consideraciones y conforme lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de la Excma. Corte Suprema de 17 de julio de 2015, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Lorvelie Joseph en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación y la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-8441-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: A folio 1, comparece doña Lorvelie Joseph, ciudadana haitiana, RUN N° 26.201.245-K, domiciliada en calle 1 Norte N° 76, San Felipe, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación y de la Policía de Investigaciones de Chile, por el acto ilegal y arbitrario consistente en l

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