SIN INFORMACION

VILCHES GUTIERREZ RODRIGO ALEJANDRO/VERA AYALA JAIME ALBERTO

Rol

Fecha

19 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece Jaime Vera Ayala, abogado, quien interpone recurso de protección en favor de Rodrigo Vilches Gutiérrez, y en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por no realizar la total eliminación de los antecedentes penales del actor pese a existir una orden judicial que así lo ordenó, lo que considera ilegal y arbitrario, atendido a que fue ordenado por resolución judicial. Señala que el recurrente fue condenado mediante sentencia de 23 de febrero de 2018, dictada por el Juzgado de Garantía de Villa Alemana, en causa RIT N° 2.741-2017, RUC N° 1700720683-6, por el delito de conducción en estado de ebriedad, a la pena corporal de 41 días de prisión en su grado máximo, multa de media UTM, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos, y suspensión de su licencia de conducir por dos años. Asimismo, señala que dicha pena fue cumplida íntegra y satisfactoriamente, según certificado del jefe de unidad de causas del referido Tribunal. Agrega que el 22 de mayo de 2025 se presentó ante el Juzgado de Garantía de Villa Alemana solicitud para que se ordenara la eliminación definitiva de dicho antecedente al amparo del artículo 38 de la Ley N° 18.216, norma que regula la eliminación de antecedentes cuando el condenado cumple satisfactoriamente la pena sustitutiva, sin haber sido previamente condenado por crimen o simple delito. En consecuencia, mediante resolución de 23 de mayo de 2025, el referido Tribunal ordenó al Servicio de Registro Civil e Identificación proceder a la eliminación definitiva de los antecedentes del recurrente. No obstante, el Servicio recurrido no ha dado cumplimiento a dicha orden judicial, manteniendo vigente el antecedente penal en los certificados y registros que emite respecto del recurrente, lo que ha generado diversas consecuencias que perturban el ejercicio de sus derechos fundamentales. Finaliza solicitando, acoger el recurso y declarar que la omisión descrita es ilegal y arbitraria, ordenando al Servicio de

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio algunos de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, a través de esta vía cautelar se impugna la omisión del Servicio de Registro Civil e Identificación de eliminar los antecedentes penales del actor derivados de la causa RIT N° 2.741-2017 del Juzgado de Garantía de Villa Alemana, pretendiendo el recurrente que se ordene la eliminación inmediata, definitiva y para todos los efectos legales de dicho antecedente, actualizando las bases de datos para que los certificados futuros no contengan dicho registro. Tercero: Que, el recurrido informa, en síntesis, que la anotación penal asociada a la causa RIT N° 2.741-2017 del Juzgado de Garantía de Villa Alemana, ya fue eliminada tanto del Registro General de Condenas y de la Hoja de Vida del Conductor. Solicita el rechazo de la acción por haber perdido oportunidad, al encontrarse la situación corregida administrativamente. Cuarto: Que, en cuanto a la solicitud de eliminar la anotación respecto a la idoneidad moral que consta en la hoja de vida del conductor, cabe tener presente lo previsto en el artículo 16 de la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada: "Si el responsable del registro o banco de datos no se pronunciare sobre la solicitud del requirente dentro de dos días hábiles, o la denegare por una causa distinta de la seguridad de la Nación o el interés nacional, el titular de los datos tendrá derecho a recurrir al juez de letras en lo civil del domicilio del responsable, que se encuentre de turno según las reglas correspondientes, solicitando amparo a los derechos consagrados en el artículo precedente." Quinto: Que, de acuerdo a la norma precitada, para el caso que nos ocupa, existe un procedimiento especial de reclamación ante el juez civil correspondiente, siendo esa la vía que el legislador ha contemplado para la eliminación pretendida por el actor. Sexto: Que, en consecuencia, se desestimará el presente recurso, porque si bien la acción de protección se concede sin perjuicio de los demás derechos que el afectado pueda hacer valer ante los tribunales, tratándose de una acción constitucional, de emergencia y extraordinaria, debe limitarse a situaciones en los que exista claramente un derecho indubitado comprometido, que en este caso no es posible establecer de forma fehaciente, sin perjuicio que se eliminó efectivamente el antecedente penal respecto de la causa RIT N° 2.741-2017 del Juzgado de Garantía de Villa Alemana del extracto de filiación y antecedentes, así también, de la hoja de vida del conductor, por lo que en la actualidad no existe medida que esta Corte pudiere adoptar en favor del recurrente, perdiendo vigencia el presente arbi

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de protección deducida en favor de Rodrigo Vilches Gutiérrez en contra de Servicio de Registro Civil e Identificación. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-8431-2025.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, diecinueve de febrero de dos mil veintiséis. VISTO: A folio 1, comparece Jaime Vera Ayala, abogado, quien interpone recurso de protección en favor de Rodrigo Vilches Gutiérrez, y en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, por no realizar la total eliminación de los antecedentes penales del actor pese a existir una orden judicial que así lo ordenó

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