THONY FRANCOIS /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
19 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, quienes interponen acción constitucional de amparo en favor de don Thony Francois, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°25449242, de 27 de agosto de 2025, mediante la cual se rechazó su solicitud de residencia definitiva y se dispuso la orden de abandono del país dentro de 15 días, por estimar que no se acreditó actividad o sustento económico en Chile y que no se acompañó certificado de antecedentes del país de origen vigente, legalizado o apostillado, lo que los recurrentes califican de ilegal y atentatorio de la libertad personal y seguridad individual del amparado. Señalan que el amparado ingresó a Chile en calidad de turista y, encontrándose en el territorio nacional, modificó su condición migratoria obteniendo una visa de residencia temporaria. Indican que, vencido dicho permiso, el 9 de enero de 2022 solicitó el beneficio de residencia definitiva, con el propósito de establecerse de manera regular en el país y desarrollar su proyecto de vida en Chile, cumpliendo instrucciones y exigencias documentales dispuestas para la tramitación del permiso solicitado. Refieren que, no obstante lo anterior, la autoridad migratoria dictó la resolución impugnada, concluyendo que el amparado no habría acompañado antecedentes que acreditaran actividad que realiza en el país y/o sustento económico, ni el certificado de antecedentes penales de Haití, debidamente legalizado o apostillado, por lo que se procedió al rechazo de su solicitud. Alegan que la determinación de ordenar el abandono del territorio nacional resulta desproporcionada,
Fundamentos
considerando que ha residido más de cinco años en el país, no tiene antecedentes negativos en Chile ni en su país de origen, ya ha sido titular de residencia temporaria, manteniendo una buena conducta en la sociedad. Argumentan que el amparado cumple con todos los requisitos para obtener el beneficio migratorio, pues cuenta con recursos económicos que le permiten costear su residencia en Chile sin constituir una carga para el Estado, pues cuenta con contrato de trabajo indefinido vigente, desempeñándose como auxiliar de producción en una reconocida empresa de producción de alimentos. Alegan que, desde un inicio de la tramitación y con posterioridad, el amparado ha acompañado la documentación requerida a través del portal web habilitado, por lo que estiman que la autoridad no habría considerado debidamente los documentos aportados ni la posibilidad de subsanar o complementar antecedentes en un marco razonable.
Fallo
Por lo expuesto, solicitan que se acoja la presente acción y, en consecuencia, se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 25449242, ordenándose al Servicio Nacional de Migraciones efectuar una nueva revisión de la documentación y pronunciarse nuevamente sobre la solicitud de residencia definitiva del amparado conforme a derecho, disponiendo las medidas que se estimen conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. A folio 6, evacúa informe el abogado don Daniel Baltra Goity, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Señala que, don Thony Francois, haitiano, solicitó residencia definitiva el 9 de enero de 2022, que posteriormente el 26 de abril de 2024 se le informó que su solicitud no se encontraba en condiciones de avanzar a la siguiente etapa de análisis, al advertirse observaciones relativas a la falta del certificado de antecedentes del país de origen en los términos requeridos, la insuficiente acreditación de sustento económico mediante antecedentes idóneos -tales como contrato vigente, certificados de vigencia ante notario y cotizaciones previsionales, u otros equivalentes- y, además, por haber postulado en condición migratoria irregular, requiriéndose acreditar la regularización de dicha situación mediante el pago de la multa correspondiente, sin que se cumpliera con lo solicitado, por lo que el 24 de febrero de 2025, se dictó la Resolución Exenta N°25091405, mediante
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de febrero de dos mil veintiséis. Visto: A folio 1, comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, quienes interponen acción constitucional de amparo en favor de don Thony Francois, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°25449242, de 27
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