ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de febrero de 2026
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que consta que el cuatro de noviembre de dos mil veinticinco las partes arribaron a una conciliación por la cual cesaron de forma definitiva los alimentos; y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se omite pronunciamiento respecto de la apelación deducida en contra de la resolución de veinte de mayo de dos mil veinticinco, por el Primer Juzgado de Familia de Santiago, por haber perdido oportunidad. Devuélvase vía interconexión. N° 2219-2025-Familia.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de febrero de dos mil veintiséis Al folio 11: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que consta que el cuatro de noviembre de dos mil veinticinco las partes arribaron a una conciliación por la cual cesaron de forma definitiva los alimentos; y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se omite
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