SIN INFORMACION

MOLINA/MOYANO

Rol

Fecha

19 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendidos los hechos que fundamentan la presente acción constitucional, los que no configuran los presupuestos necesarios para ser amparados por aquélla, teniendo en consideración que los hechos descritos por el recurrente, dicen relación con el cumplimiento de obligaciones contractuales, eventuales vicios del producto y procedencia de la resolución del contrato, materias que requieren debate, prueba y determinación de responsabilidades, excediendo el ámbito cautelar del recurso de protección materias cuyo conocimiento recae en los tribunales a través de un juicio de lato conocimiento, través de las acciones y recursos que el propio ordenamiento jurídico establece, sin que este recurso sea el medio idóneo para obtener las medidas solicitadas, pues la naturaleza propia de la acción constitucional de protección y el procedimiento inquisitivo dispuesto para su tramitación, constituye un arbitrio destinado a resolver situaciones en que los hechos esgrimidos y los derechos constitucionales que se dicen afectados son indubitados e indiscutidos, cuestión que no ocurre en la especie. Por tanto, no siendo el recurso de protección la vía idónea para resolver la cuestión planteada, razón por la cual corresponde declarar inadmisible el presente recurso. Por estas consideraciones se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto por GUSTAVO ANTONIO TRUJILLO GONZÁLEZ, en contra de Automotores Gildemeister S.A. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol 353-2026 (Protección)

Fallo

Por tanto, no siendo el recurso de protección la vía idónea para resolver la cuestión planteada, razón por la cual corresponde declarar inadmisible el presente recurso. Por estas consideraciones se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto por GUSTAVO ANTONIO TRUJILLO GONZÁLEZ, en contra de Automotores Gildemeister S.A. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Rol 353-2026 (Protección)

Texto Completo (Preview)

/emt Antofagasta, a diecinueve de febrero de dos mil veintiséis. A folio 1: A todo: Estese a lo que se resolverá: Vistos: Atendidos los hechos que fundamentan la presente acción constitucional, los que no configuran los presupuestos necesarios para ser amparados por aquélla, teniendo en consideración que los hechos descritos por el recurrente, dicen relación con el cumplimiento de obligaciones co

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