SIN INFORMACION

ALDUNATE HINOJOSA, ALEX ENRIQUE/JUZGADO DE GARANTÍA DE LA SERENA

Rol

Fecha

18 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y considerando. Primero. Que el abogado Luigi Andrés Arata Brañes, en representación de Álex Enrique Aldunate Hinojosa, recurre de amparo en contra del Juzgado de Garantía de la Serena, por haber dictado resolución en causa RIT 2760-2020, del 1 de diciembre de 2025, que rechaza petición de declaración de prescripción de la acción penal, requiriendo su revocación. Expone que su representado fue formalizado por delitos de estafa, el 12 de septiembre de 2022 y que el tribunal invocó que la interposición de la querella, el 20 de marzo de 2020, interrumpe la prescripción, argumentando que aquello es errado, en cuanto sólo la formalización, de 12 de septiembre de 2022, produce la interrupción de este plazo. Agrega que los hechos por los cuales se investiga a su representado habrían ocurrido en junio de 2015, habiendo transcurrido más de cinco años desde la fecha de comisión, encontrándose el plazo de prescripción cumplido. Arguye que la resolución recurrida es ilegal y arbitraria, por cuanto mantiene vigente una acción penal prescrita, amenazando la libertad personal del imputado, habiéndose fijado audiencia de preparación de juicio oral y revisión de medidas cautelares para el 6 de enero de 2026. Por lo expuesto, previas citas legales, pide se declare la prescripción de la acción penal, seguida en causa RIT 2760-2020 del Juzgado de Garantía de La Serena, respecto de su representado. Segundo. Que informa Claudio Ayala Oyanedel, juez titular del Juzgado de Garantía de La Serena. Expone que en la audiencia invocada en el recurso no dio lugar a la solicitud de los imputados, en cuanto a declarar la prescripción de la acción penal, toda vez que el perjuicio patrimonial se materializó el 16 de mayo del 2022, no cumpliéndose el plazo de cinco años, conforme disponen los artículos 94 y 95 del Código penal, debiendo ser desestimado el recurso, concluyendo que no existe ilegalidad o arbitrariedad en la decisión adoptada. Tercero. Que, de conformidad con lo dispuesto

Fallo

Por lo expuesto, previas citas legales, pide se declare la prescripción de la acción penal, seguida en causa RIT 2760-2020 del Juzgado de Garantía de La Serena, respecto de su representado. Segundo. Que informa Claudio Ayala Oyanedel, juez titular del Juzgado de Garantía de La Serena. Expone que en la audiencia invocada en el recurso no dio lugar a la solicitud de los imputados, en cuanto a declarar la prescripción de la acción penal, toda vez que el perjuicio patrimonial se materializó el 16 de mayo del 2022, no cumpliéndose el plazo de cinco años, conforme disponen los artículos 94 y 95 del Código penal, debiendo ser desestimado el recurso, concluyendo que no existe ilegalidad o arbitrariedad en la decisión adoptada. Tercero. Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 21 de la Constitución Política, todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega el inciso segundo que esa magistratura podrá ordenar que el individuo sea traído a su presencia y su decreto será precisamente obedecido por todos los encargados de las cárceles o lugares de detención y que instruida de los ant

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Aldunate Hinojosa Álex Enrique Juzgado de Garantía de La Serena Recurso de protección Rol No.113-2026 La Serena, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis. Visto y considerando. Primero. Que el abogado Luigi Andrés Arata Brañes, en representación de Álex Enrique Aldunate Hinojosa, recurre de amparo en contra del Juzgado de Garantía de la Serena, por haber dictado resolución en causa RIT 2760-20

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