JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA

ICA C/ PUNTA PEUCO

Rol

Fecha

18 de febrero de 2026

Materia

OTROS HECHOS QUE NO CONSTITUYAN DELITO: CODIGO AGRUPADOR ( 01008, 01009 Y 1011 ).

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Vistos: Con la cuenta de la señora relatora ministro de fe para estos efectos, y teniendo presente que el abogado recurrente no ha comparecido a estrados, ni se ha inscrito para alegar, y de conformidad además con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 358 del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha tres de diciembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Colina. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase. N°Penal-6494-2025.

Fallo

se declara abandonado el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha tres de diciembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Colina. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase. N°Penal-6494-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis. A folio 4: Atendido el estado de la presente causa, no ha lugar por improcedente. Vistos: Con la cuenta de la señora relatora ministro de fe para estos efectos, y teniendo presente que el abogado recurrente no ha comparecido a estrados, ni se ha inscrito para alegar, y de conformidad además con lo dispuesto en el inciso segun

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