BAYELLE/JUZGADO DE GARANTIA DE OSORNO
Rol
Fecha
18 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: 1°) Leonardo De La Prida Sanhueza, abogado defensor, en causa RIT N° 5436-2024 del Juzgado de Garantía de Osorno, interpone Recurso de Hecho en contra de la resolución dictada por el Magistrado Pedro Eliecer Paredes Peña, Juez de Garantía de Osorno, de fecha 20 de enero de 2026, que declaró inadmisible el recurso de apelación presentado contra la resolución pronunciada en audiencia de fecha 13 de enero de 2026, en la que no se dio lugar al sobreseimiento definitivo solicitado. La resolución recurrida señala: “No habiéndose dictado pronunciamiento de fondo, en la audiencia de fecha 13 de enero de 2026, acerca de la petición de sobreseimiento definitivo; sino que dispuesto una medida para mejor resolver aquella, con mejores y mayores antecedentes; no ha lugar por inadmisible”. La medida para mejor resolver referida por el Juez de Garantía en su resolución es solicitar al Servicio Médico Legal que complemente su informe, precisando si el Señor Bayelle Nahum es un riesgo para si o para terceras personas. Refiere que su representado don José Bayelle Nahum de 89 años de edad, fue detenido el día 23 de agosto de 2024 por Carabineros de Chile en el local comercial La Bodega de la ciudad de Osorno, por haber sido sorprendido en posesión de 6.920 cajetillas de cigarrillos y una caja con 449 envases de amoxicilina de 500 gramos cada una, estimando carabineros que infringía la ordenanza de aduanas en su artículo 168 inciso 2° y 3° además de la posible infracción a la ley 20.724 sobre regularización de farmacias y medicamentos. A solicitud de la defensa y en atención a los antecedentes médicos de Alzheimer que mantenía el imputado, el Ministerio Público solicitó al Servicio Médico Legal le practicara una pericia psiquiátrica para determinar su imputabilidad, y si constituye un peligro para si o para terceros. Dicha pericia se realizó finalmente con fecha 21 de septiembre de 2025. El informe emitido por el Servicio Médico Legal de Puerto Montt señala como hallazgos: 1.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 370 y 93 letra f) del Código Procesal Penal, se resuelve que SE RECHAZA el recurso de hecho deducido por el abogado Leonardo De La Prida Sanhueza. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Penal-78-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis. Visto: 1°) Leonardo De La Prida Sanhueza, abogado defensor, en causa RIT N° 5436-2024 del Juzgado de Garantía de Osorno, interpone Recurso de Hecho en contra de la resolución dictada por el Magistrado Pedro Eliecer Paredes Peña, Juez de Garantía de Osorno, de fecha 20 de enero de 2026, que declaró inadmisible el recurso de ape
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