ROSSELOT CAÑAS ALFREDO IGNACIO/SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
18 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que comparece Alfredo Ignacio Rosselot Cañas, de nacionalidad española, deduciendo recurso de amparo en contra de la orden de arraigo decretada por el 2° Juzgado de Familia de Santiago a petición de María Llaneza Zapata. Expone que se encuentra en Chile de vacaciones y que, el 10 de febrero de 2026, personal de la Policía de Investigaciones le impidió abandonar el país con destino a Perú, tras ser informado de una medida de arraigo nacional dictada en su contra por el 2° Juzgado de Familia de Santiago en la causa de cumplimiento Z-4753-2025. Afirma que dicha medida se basa en una supuesta deuda de pensión de alimentos que ascendería a $54.431.761. Refiere que jamás fue notificado del inicio del proceso de cumplimiento, lo que le ha causado una situación de indefensión, impidiéndole presentar los comprobantes de pago que asegura haber realizado mediante giros desde España. Asimismo, destaca que su residencia y actividad laboral se encuentran en Tarragona, España, y que debe retornar a dicho país el 18 de febrero de 2026 para cumplir con compromisos profesionales, por lo que el arraigo lo deja varado sin medios de subsistencia en Chile. Sostiene que la medida de apremio es desproporcionada e ilegal, afectando su libertad ambulatoria y seguridad individual, por lo que solicita sea dejada sin efecto. SEGUNDO: Que evacuó informe la jueza Javiera López Ossandón, detallando que en la causa C-6443-2006, se dictó sentencia de divorcio entre María Llaneza Zapata y el amparado y, a su vez, se aprobó el acuerdo en que este último se obligaba al pago de $160.000 mensuales en favor de la hija en común. Expone que el 1 de diciembre de 2025, María Llaneza Zapata, en representación de la alimentaria, requirió la liquidación de la deuda, denunciando el incumplimiento de la pensión por más de seis años. Añade que tras la apertura de la causa Z-4753-2025, mediante resolución de 9 de diciembre de 2025, se apercibió a las partes para indicar un correo electrónico com
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido por don Alfredo Ignacio Rosselot Cañas, en contra del 2° Juzgado de Familia de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. ROL N° 684-2026.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis. Al folio 11, a lo principal, estese al mérito de lo resuelto, al otrosí, a sus antecedentes. VISTO: PRIMERO: Que comparece Alfredo Ignacio Rosselot Cañas, de nacionalidad española, deduciendo recurso de amparo en contra de la orden de arraigo decretada por el 2° Juzgado de Familia de Santiago a petición de María Llaneza Zapat
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