ANONIMIZADO
Rol
Fecha
18 de febrero de 2026
Materia
OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1°) Que el cinco de enero del año en curso el Juzgado de Familia de Peñaflor dictó la resolución recurrida por la cual se alzaron las medidas de protección decretadas. 2°) Que la mentada resolución fue notificada a las partes por correo electrónico el mismo día de su dictación, como da cuenta el certificado del ministro de fe del tribunal a quo de nueve de febrero. 3°) Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 67 de la ley 19.968, tratándose de incidentes, el recurso de apelación debe interponerse en el plazo de cinco...
Texto Completo (Preview)
CH (adb) San Miguel, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis. Al folio 7: a sus antecedentes y por cumplido lo ordenado. Vistos: 1°) Que el cinco de enero del año en curso el Juzgado de Familia de Peñaflor dictó la resolución recurrida por la cual se alzaron las medidas de protección decretadas. 2°) Que la mentada resolución fue notificada a las partes por correo electrónico el mismo día de su
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