BANCO DELESTADO DE CHILE/MUÑOZ
Rol
Fecha
18 de febrero de 2026
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, comparten estos sentenciadores lo resuelto por el tribunal de primera instancia. Ello, por cuanto el incidente de nulidad promovido por la parte ejecutada resulta manifiestamente extemporáneo, al haber sido deducido luego de diversas resoluciones dictadas con posterioridad a la certificación cuestionada, sin que oportunamente se haya reclamado vicio alguno conforme a lo exigido por el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto a la solicitud de nulidad de oficio, esta no puede prosperar, desde que dicha facultad no constituye un mecanismo sustitutivo de un incidente de nulidad deducido en forma extemporánea tal como se resolvió, encontrándose reservada únicamente para aquellos supuestos a los que se refiere el artículo 84 del cuerpo de normas citado. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas de la instancia, la resolución de fecha cinco de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras de Castro, que rechazó el incidente de nulidad y la solicitud subsidiaria de nulidad de oficio. No firma el Ministro Suplente señor Rodrigo Loyola Brito, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por haber cesado en su cometido funcionario. Devuélvase. Rol Civil N°216-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, sin costas de la instancia, la resolución de fecha cinco de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras de Castro, que rechazó el incidente de nulidad y la solicitud subsidiaria de nulidad de oficio. No firma el Ministro Suplente señor Rodrigo Loyola Brito, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por haber cesado en su cometido funcionario. Devuélvase. Rol Civil N°216-2025.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, comparten estos sentenciadores lo resuelto por el tribunal de primera instancia. Ello, por cuanto el incidente de nulidad promovido por la parte ejecutada resulta manifiestamente extemporáneo, al haber sido deducido luego de diversas resoluciones dictadas con posterioridad a la certificación c
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