JUZGADO DE GARANTIA DE CURICO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

18 de febrero de 2026

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de la certificación que antecede y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, SE DECLARA ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa privada del Abogado Julio Herrera Rosales, en contra de la resolución dictada en audiencia de veintiséis de enero de dos mil veintiséis, pronunciada en causa RIT 335-2026 del Juzgado de Garantía de Curicó, que decretó la medida cautelar de internación provisoria respecto de los imputados adolescentes [CARLOS] y [OSCAR]. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-113-2026.

Fallo

SE DECLARA ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa privada del Abogado Julio Herrera Rosales, en contra de la resolución dictada en audiencia de veintiséis de enero de dos mil veintiséis, pronunciada en causa RIT 335-2026 del Juzgado de Garantía de Curicó, que decretó la medida cautelar de internación provisoria respecto de los imputados adolescentes [CARLOS] y [OSCAR]. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-113-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de la certificación que antecede y lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, SE DECLARA ABANDONADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa privada del Abogado Julio Herrera Rosales, en contra de la resolución dictada en audiencia de veintiséis de enero de dos mil veintis

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