MP C/ BELLA GRACIELA MEDEL ESCALONA Y CECILIA DE LAS MERCEDES TOLOZA LEITON
Rol
Fecha
18 de febrero de 2026
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, compartiendo los argumentos vertidos por la jueza de primer grado, así como la naturaleza del hecho investigado, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de trece de febrero del año en curso, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de las imputadas BELLA GRACIELA MEDEL ESCALONA y CECILIA DE LAS MERCEDES TOLOZA LEITON, inserta en la carpeta virtual RIT 1-204-2025 del Juzgado de Garantía de Molina. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-205-2026.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, compartiendo los argumentos vertidos por la jueza de primer grado, así como la naturaleza del hecho investigado, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CO
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