VELIZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
18 de febrero de 2026
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Con fecha 29 de septiembre del año 2025, comparece Kennys Alfonso Véliz Garrido, cédula de identidad para extranjeros N°25.767.656-0, de nacionalidad venezolana, y domiciliado para estos efectos en Av. Viña del Mar Oriente N°2980, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal y arbitrario de rechazar su solicitud de carta de nacionalidad. Expone que viene en apelar del Decreto Exento N°1322, que rechazó su solicitud de nacionalización, por cuanto en dicho Decreto, en el
Fundamentos
considerando tercero, se menciona una causa en su contra que se encuentra sobreseída definitivamente, cuestión que impide que un proceso llegue a una condena, por lo tanto, no implica culpabilidad. Agrega que, además, el considerando quinto del mismo Decreto señala que el otorgamiento o rechazo de la carta de nacionalización depende de que el solicitante se encuentre dentro de alguna de las hipótesis de impedimentos contemplados en el artículo 86 de la Ley N°21.325, situación que, según su parecer, no ocurre en la especie. Alega que, lo anterior, vulnera la garantía establecida en el N°2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Adjunta un certificado de antecedentes penales con el objeto de confirmar su relato, e indica que tiene trabajo como prevencionista de riesgos, es padre de 2 hijos, uno chileno y otro que representará deportivamente a Chile. Acompaña antecedentes en apoyo a su pretensión. A folio 4, compareció el Servicio Nacional de Migraciones solicitando el rechazo del recurso ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerada como improcedente al no existir acto u omisión de la autoridad que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Informó que, el 15 de mayo de 2023, el actor remitió, vía web, ante el Servicio Nacional de Migraciones su solicitud de carta de nacionalización. Aclara que respecto al extranjero, consta Causa RUC N°1801004800-8; RIT N°10132-2018, del Juzgado de Garantía de Rancagua, por el delito de hurto simple por un valor de media a menos de cuatro unidades tributarias mensuales, la que se encuentra terminada con fecha 17 de octubre de 2019 por el sobreseimiento definitivo y total de la causa, al haber cumplido las obligaciones decretadas en el acuerdo reparatorio, conforme a lo dispuesto en el artículo 242 en relación con el 250 letra d) del Código Procesal Penal. Señala, que el expediente del actor fue remitido al Ministerio del Interior el 15 de julio de 2025 y, como autoridad administrativa competente para dictar el acto conclusivo del procedimiento, don Álvaro Elizalde Soto, Ministro del interior, rechazó la solicitud de carta de nacionalización del extranjero, mediante Decreto Exento N°1322, de fecha 25 de agosto de 2025. Por lo anterior, alega que el Servicio Nacional de Migraciones no es la autoridad competente para resolver sobre la solicitud en cuestión, como tampoco es la autoridad que emitió el acto administrativo impugnado, por lo que considera que el Servicio carece de legitimación pasiva en el presente recurso. A folio 11, informó el Ministerio de Interior, quien luego de exponer sobre la normativa aplicable al caso, explica que en el caso del Decreto Exento N°1322, del 25 de agosto de 2025, no es posible afirmar que carezca de fundamento, toda vez que, para su dictación, previamente la auto
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de protección deducida en favor de Kennys Alfonso Véliz Garrido, cédula de identidad para extranjeros N°25.767.656-0, de nacionalidad venezolana, en contra del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol I. Corte 1566-2025 Protección. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, dieciocho de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: Con fecha 29 de septiembre del año 2025, comparece Kennys Alfonso Véliz Garrido, cédula de identidad para extranjeros N°25.767.656-0, de nacionalidad venezolana, y domiciliado para estos efectos en Av. Viña del Mar Oriente N°2980, comuna de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de M
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