ANONIMIZADO
Rol
Fecha
17 de febrero de 2026
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1°) Que en estos autos se dedujo el pasado veintinueve de octubre, recurso de apelación directa en contra de la resolución dictada el treinta de enero de los corrientes, por la que se acogió la solicitud de rebaja provisoria de los alimentos. 2°) Que el inciso 6º del artículo 4º de la Ley 14.908 dispone que la impugnación de una resolución que se pronuncia sobre los alimentos provisorios solo es susceptible de reposición con apelación en subsidio. 3°) Que, por su parte, el artículo 67 Nº2 de la Ley Nº19.968 dispone que la solicitud de reposición debe presentarse dentro de tercero día de notificada la resolución. 4º) Que el...
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CH (adb) San Miguel, diecisiete de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: 1°) Que en estos autos se dedujo el pasado veintinueve de octubre, recurso de apelación directa en contra de la resolución dictada el treinta de enero de los corrientes, por la que se acogió la solicitud de rebaja provisoria de los alimentos. 2°) Que el inciso 6º del artículo 4º de la Ley 14.908 dispone que la impugnación de
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