SIN INFORMACION

CLARO CHILE S.A / MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES

Rol

Fecha

17 de febrero de 2026

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos antecedentes rol N°4743-2022 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (en adelante MTT), caratulados “Claro Chile S.A. con MTT”, por Resolución Exenta N°883/2025, de fecha 6 de junio de 2025, del Sr. Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, se sancionó a CLARO CHILE SpA con una multa de 150 UTM (ciento cincuenta unidades tributarias mensuales) por no dar cumplimiento a lo resuelto por la Subsecretaria de Telecomunicaciones que mediante Resolución Exenta N°0863/21 de fecha 19 de agosto de 2021, que acogió la insistencia presentada por el reclamante, y le ordenó a Claro Chile S.A. dar cumplimiento al contrato, dejando sin efecto el cobro de los cargos adicionales no reconocidos conforme a las condiciones descritas por el reclamante, y en caso de que dicha suma se hubiere pagado deberá ser restituida con los reajustes e intereses legales, vulnerando con esto lo dispuesto en el artículo 28 bis de la Ley N°18.168, Ley General de Telecomunicaciones en relación con lo dispuesto en el artículo 6° letra c) del Decreto Ley N° 1762, de 1977 y el artículo 19 del DS N° 194, de 20 de noviembre de 2012, Reglamento sobre Tramitación y Resolución de Reclamos de Servicios de Telecomunicaciones. Segundo: Que, en el proceso infraccional, CLARO CHILE SpA. alegó que sí cumplió con lo ordenado por Resolución Exenta N°0863/21 de fecha 19 de agosto de 2021, otorgando internet ilimitado y adicionalmente rebajando en cada boleta de cobro el monto asociado a internet. En efecto, procedió a recalcular las facturaciones del cliente y se restituyeron los montos adicionales pagados desde enero a abril de 2022. Con posterioridad a la Resolución Exenta, con fecha 29 de marzo de 2022, el propio cliente efectuó un cambio de plan, el cual, a diferencia del que versó el reclamo y la Resolución Exenta, efectivamente, incluye minutos ilimitados a un máximo de 300 destinos, 500 SMS y 200 GB para tráfico de internet, donde deberá comprar bols

Fallo

por tanto al momento de la fecha de elaboración del Informe Técnico N° 37.537, de 1 de abril de 2022 y de la formulación del cargo, la afectada se encontraba en una situación de incumplimiento, la que posteriormente fue regularizada tardíamente y expresa solicitud del reclamante a través del cambio de plan por el solicitado”. Quinto: Que, respecto de la alegación de la apelante, en cuanto a que la Subsecretaria de Telecomunicaciones omitió ponderar otros elementos que igualmente incidían en la atenuación de la multa impuesta, tales como las minorantes de responsabilidad, consagradas en el artículo 36 de la Ley N°18.168, como son: ausencia de reincidencia y colaboración prestada a la autoridad para el esclarecimiento de los hechos. Cabe señalar, que la resolución impugnada en su motivo 17 tuvo presente las atenuantes de responsabilidad alegadas por la recurrente, las que consideró para dejar sin efecto el apercibimiento del artículo 38 del texto legal ya citado, contenido en el oficio de cargos, y en consecuencia, revocó la aplicación de la multa diaria. Sexto: Que, por ende, el monto de la multa impuesta aparece justa y proporcional a la infracción que se ha tenido por establecida en el motivo primero precedente. Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y visto lo dispuesto en el artículo 36 A de la Ley General de Telecomunicaciones, se declara que, se confirma la sentencia apelada de seis de junio de dos mil veinticinco, escrita a fojas 157 y siguientes. Reg

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintiséis. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos antecedentes rol N°4743-2022 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (en adelante MTT), caratulados “Claro Chile S.A. con MTT”, por Resolución Exenta N°883/2025, de fecha 6 de junio de 2025, del Sr. Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, se sancionó a CLARO CHILE SpA con una

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