JUZGADO DE GARANTIA DE SAN CARLOS

MP C/ GABRIEL OMAR HERNANDEZ SUAZO

Rol

Fecha

17 de febrero de 2026

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1° Que, la defensa de Gabriel Hernández Suazo, se ha alzado en contra de la resolución de ocho de febrero del actual dictada por el Juzgado de Garantía de San Carlos, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva. Que, ha cuestionado la concurrencia de la letra a) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, solicitando se sustituya por alguna menos gravosa de aquellas contempladas en el artículo 155 del Código precitado. 2° Que, el Ministerio Público solicita la confirmación de la resolución apelada, atendido el delito por el cual ha sido formalizado, pena asignada y el bien jurídico cautelado. 3° Que, atento lo expuesto en estrados, y teniendo en consideración la prueba de campo efectuada a la sustancia que transportaba el encartado, dando positivo a clorhidrato de cocaína, es suficiente por ahora para tener por establecido que existen antecedentes que justifican la existencia de delito, y sin perjuicio de no contar con anotaciones pretéritas, aparece como razonable la medida cautelar impuesta, atendido el delito por el cual ha sido formalizado y el bien jurídico protegido. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de ocho de febrero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de San Carlos, que decretó la prisión preventiva de Gabriel Hernández Suazo. Téngase por notificados a las intervinientes, sin perjuicio de su notificación por estado diario. Devuélvase. N°Penal-113-2026.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de ocho de febrero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de San Carlos, que decretó la prisión preventiva de Gabriel Hernández Suazo. Téngase por notificados a las intervinientes, sin perjuicio de su notificación por estado diario. Devuélvase. N°Penal-113-2026.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Xra/cff Chillán, diecisiete de febrero de dos mil veintiséis. Vistos: 1° Que, la defensa de Gabriel Hernández Suazo, se ha alzado en contra de la resolución de ocho de febrero del actual dictada por el Juzgado de Garantía de San Carlos, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva. Que, ha cuestionado la concurrencia de la letra a) y c) del artículo 140 del Código Procesa

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica