AGUIRRE/JARA
Rol
33556-2023
Fecha
21 de marzo de 2023
Materia
Cobranza Laboral
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución, siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordinario. Segundo: Que la resolución impugnada es aquella que confirmó la de primera instancia que rechazó la excepción de pago deducida por las ejecutadas, que no participa de la naturaleza jurídica antes indicada, razón suficiente para desestimar el arbitrio intentado. Y en conformidad, además, a lo dispuesto en la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja. Al primer, tercer, cuarto y quinto otrosíes: estése a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al sexto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. N°33.556-2023.-
Fallo
se declara inadmisible el recurso de queja. Al primer, tercer, cuarto y quinto otrosíes: estése a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al sexto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. N°33.556-2023.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiuno de marzo de dos mil veintitrés. Al escrito folio 47.636: a lo principal, a sus antecedentes; al otrosí, estése a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o
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