TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE OSORNO

MINISTERIO PUBLICO C/ CRISTOFHER WILLIAMS GONZALEZ SOTO

Rol

Fecha

17 de febrero de 2026

Materia

SUSTRACCION DE MENORES. ART. 142

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, se CONFIRMA la resolución apelada de once de febrero de dos mil veintiséis, por constituir la libertad de los imputados un peligro para la seguridad de la víctima y de la sociedad. Atendida la certificación efectuada por el Sr. Secretario (S) con esta fecha, pasen los antecedentes al conocimiento del Tribunal Pleno. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 165 – 2026 Penal La Ministra de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 17 de febrero de 2026. Camila Matamala Valenzuela Relatora Suplente En Valdivia, diecisiete de febrero de dos mil veintiséis, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.

Fundamentos

fundamentos de derecho que exponen en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decreten medidas cautelares de menor intensidad para sus representados. A continuación alega el Ministerio Público, solicitando en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que desarrolla en la audiencia se confirme la resolución en alzada. Los intervinientes no hacen uso de su derecho a réplica. El Sr. Presidente de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, se CONFIRMA la resolución apelada de once de febrero de dos mil veintiséis, por constituir la libertad de los imputados un peligro para la seguridad de la víctima y de la sociedad. Atendida la certificación efectuada por el Sr. Secretario (S) con esta fecha, pasen los antecedentes al conocimiento del Tribunal Pleno. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 165 – 2026 Penal La Ministra de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 17 de febrero de 2026. Camila Matamala Valenzuela Relatora Suplente En Valdivia, diecisiete de febrero de dos mil veintiséis, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA DIECISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS, PARA LA VISTA –POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LAS DEFENSAS EN CAUSA RUC 2400921364–K, RIT 78–2025. ROL CORTE 165–2026. Siendo las 10:16 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del Ministro Sr. Samuel Muñoz Weisz,

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